KOLOSZKO CHRISTIAN GABRIEL C/ AMODEY NATALIA LOURDES S/ ACCION REIVINDICATORIA
El actor promovió acción reivindicatoria contra su ex cónyuge para recuperar un inmueble adquirido en subasta judicial, cuya ocupación había sido cedida en comodato precario. El Juzgado hizo lugar a la demanda por rebeldía de la accionada, condenándola a restituir el inmueble en 20 días, con costas.
¿Quién es el actor?
Christian Gabriel Koloszko.
¿A quién se demanda?
Natalia Lourdes Amodey, declarada en rebeldía.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
restitución del inmueble sito en calle Carlos Gardel (ex 129 Coelho) N° 2055, Unidad Funcional Tres, Villa Ayacucho, Partido de General San Martín, Provincia de Buenos Aires (Circ. V, Sec. D, Manzana 42, Parcela 22, subparcela 3; Matrícula 198/3).
Antecedentes relevantes: el actor adquirió el inmueble en subasta judicial dispuesta en los autos "Guiliani & Asociados Financiera de Vivienda S.A. de Ahorro y Préstamo s/ Quiebra" (Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 9), con boleto del 3/9/2015 y posesión del 19/10/2015. Tras el divorcio decretado el 17/7/2015 (Juzgado de Familia N° 4 de San Martín), permitió que la demandada ocupara el inmueble en calidad de comodato precario, con compromiso de restitución a requerimiento. La restitución fue requerida mediante carta documento, sin respuesta.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal hizo lugar a la acción. Fundamentos transcriptos:
"Habiéndose sentado la actitud procesal asumida por las partes, valoro como fundamentales el informe de dominio y el título de propiedad acompañados en pdf junto a la demanda [...] encuentro probado que el inmueble objeto de litis se encuentra en un 100% a nombre del accionante".
"El silencio derivado de la falta de contestación de la demanda autoriza a tener por ciertos los hechos lícitos y pertinentes expuestos por la demandante en su escrito inaugural respecto de dicha parte (art. 263 CCyCN) así como reconocidos los documentos, en tanto no se adviertan de la secuela de la causa la existencia de otros que los contradigan eficazmente".
"De este modo, el reconocimiento tácito de la demandada no solo confirma la titularidad dominial del actor sino la ausencia de todo derecho de su parte a mantenerse en la detentación de la propiedad".
"Y, sentada la viabilidad del reclamo, corresponde condenar a la accionada a restituir el inmueble litigioso en estado que el reivindicante pueda entrar en su posesión (art. 2248, 2260, 2261 CCyCN) y, ello, dentro del plazo de veinte días de quedar firme este decisorio, bajo apercibimiento de lanzamiento, con costas a cargo de la demandada vencida".
Citas doctrinarias y jurisprudenciales relevantes: el Tribunal invoca la doctrina de Arean (Derechos reales 2) y el fallo de la SCBA, Ac. 2078, causa C. 98.552, "Fornes de Panizzi, Leonor y otras contra Sosa, Daniel Víctor y otros. Reivindicación", sobre el alcance de la exigencia de presentar título.
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Normas que cita
- CCyCNarts. 2247, 2248, 2249, 2252, 2255, 2256, 2260, 2261, 263 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 59, 60, 68, 163, 354, 365, 375, 384
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 27 inc. a
- Acordada 3845/17 (Provincia De Buenos Aires)art. 11
- Acordada 3991/20 (Provincia De Buenos Aires)art. 1
Fallos que cita
- Fornes de Panizzi, Leonor y otras c/ Sosa, Daniel Víctor y otrosSCBA · 06/03/2011
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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