JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

DENUNCIADO: LIBERMAN , CARLOS DAMIAN s/COACCION (ART. 149 BIS), ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248) y INFRACCION LEY 23.592 (ART.2) QUERELLANTE: CASTELLANO, FERNANDO ALVAREZ Y OTRO

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la querellante Conarpesa Continental Armadores de Pesca S.A. y Agropez S.A. contra el archivo de la causa por inexistencia de delito seguida contra el ex Subsecretario de Pesca y Acuicultura Carlos Damián Liberman por abuso de autoridad y coacción. El tribunal concluyó que las discrepancias sobre el coeficiente de conversión y la cantidad de sumarios constituyen controversias administrativas, sin que se acredite un apartamiento consciente de la ley ni una persecución penalmente relevante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 001776/2023/CFC001
Abuso de autoridad Art. 248 cp Resoluciones contrarias a la ley Persecucion administrativa Sumarios pesqueros Coeficiente de conversion Langostino Inexistencia de delito Ultima ratio Casacion inadmisible por falta de fundamentacion Liberman.

Actor (querellante): Conarpesa Continental Armadores de Pesca S.A. y Agropez S.A., representadas por Fernando Álvarez Castellano.

Demandado (imputado): Carlos Damián Liberman, ex Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Denuncia por abuso de autoridad (art. 248 CP) y coacción (art. 149 bis CP), por supuesta persecución mediante sumarios administrativos y multas, y por amenazas proferidas en Vigo, España, en octubre de 2022.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación y se confirmó el archivo de las actuaciones por inexistencia de delito. Por mayoría (Carbajo y Borinsky, con adhesión de Hornos en lo sustancial), se consideró que la impugnación no logró rebatir los fundamentos del fallo previo y que no se acreditó un apartamiento consciente y manifiesto del ordenamiento jurídico por parte del funcionario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

la impugnación carece de fundamentación suficiente para habilitar la casación, pues se limita a una discrepancia sobre la valoración de las circunstancias del caso. Señaló que "la resolución impugnada se encuentra suficientemente sustentada, y los agravios sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta", y que "la vía casatoria requiere de una fundamentación muy clara y concreta".

¿Cómo votaron los jueces?

"Del análisis de estos dos documentos no se desprende que el referido coeficiente de conversión resultara en sí inexistente. … lo que se desprende de tales actuaciones es un particular enfoque del funcionario interviniente sobre la naturaleza y jerarquía del acto". Sobre la sumariedad, indicó que "la cantidad de sumarios labrados contra Conarpesa y Agropez S.A. en comparación con otras empresas pesqueras no permite inferir la persecución denunciada", y que "los tribunales previos descartaron que las actuaciones administrativas libradas en relación a estas firmas hubieran obedecido a la existencia de una persecución dirigida en su contra".

¿Cómo votaron los jueces?

"la discusión acerca de si la nueva resolución mantuvo, complementó o modificó la normativa precedente y sobre la validez de la pauta de conversión empleada configura una controversia interpretativa que cuenta con sus propios cauces de revisión administrativa y contencioso-administrativa". Agregó que "la intervención penal no puede convertirse en una instancia adicional destinada a resolver discrepancias técnicas".

Sobre el episodio de Vigo: los votos coincidieron en que no se estableció una relación causal entre las expresiones atribuidas a Liberman y los procedimientos administrativos cuestionados, y que la cuestión de la territorialidad (art. 1 CP) resultaba secundaria.

Sobre la tutela judicial: se destacó que la denuncia fue investigada durante aproximadamente tres años y que la querella pudo impugnar las decisiones, por lo que se garantizó la doble conformidad.

Normas que cita

  • Ley 24.922Regimen federal de pesca
  • CParts. 1, 2, 18, 149 bis, 248 · Codigo penal
  • CPPNarts. 180, 195, 196, 454, 455, 456, 457, 458, 460, 463, 465 bis, 530, 531 · Codigo procesal penal
  • Constitución Nacionalart. 18
  • Resolución 7/2018
  • Resolución 9/2022art. 9
  • Ley 23.592

Fallos que cita

  • Dapero, Fernando s/delito de acción públicaCSJN · 08/10/2019
  • Alsogaray, María Julia s/recurso de casaciónCFCP Sala IV · 23/04/2014
  • Burin, Marcos Saúl s/recurso de quejaCFCP Sala IV · 09/11/1999

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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