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Primera Instancia

GOMEZ HECTOR RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSeS pidiendo la inconstitucionalidad de las leyes de movilidad jubilatoria y la incorporación a su haber de los bonos otorgados por el PEN. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescriptos los créditos anteriores a los dos años del reclamo administrativo, rechazó la excepción de cosa juzgada y ordenó a la ANSeS practicar una nueva liquidación del haber dentro de ciento veinte días.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 7 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 037723/2024
Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 27.426 Ley 27.541 Ley 27.609 Prescripcion Cosa juzgada Emergencia previsional Bonos previsionales Anses

¿Quién es el actor?

HECTOR RAUL GOMEZ

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de las leyes de movilidad jubilatoria (ley 26.417, art. 2 de la ley 27.426, ley 27.541, ley 27.609), de los decretos de movilidad y del decreto 274/24, e incorporación al haber de los bonos otorgados a las jubilaciones mínimas por el PEN.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar parcialmente a la demanda y se dejó sin efecto la resolución impugnada; se hizo lugar a la excepción de prescripción (art. 82 de la ley 18.037) respecto de los créditos anteriores a los dos años del reclamo administrativo; se rechazó la excepción de cosa juzgada; se ordenó a la ANSeS practicar la liquidación dentro de ciento veinte días; las costas se impusieron por su orden y los honorarios se difirieron hasta que exista suma líquida aprobada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En primer orden, corresponde hacer lugar la excepción de prescripción deducida por la demandada, declarando prescriptos los créditos reclamados anteriores a los dos años del reclamo administrativo, (art. 82, tercer apartado, ley 18.037 —conforme art. 168 de la ley 24.241—)."

"Por lo tanto, el actor tenía —al momento de la sanción de la ley 27.426— un derecho en expectativa a que en el mes de marzo de 2018 se ajustaría su haber previsional, de conformidad con las pautas dispuestas por la ley 26.417. Mas la entrada en vigencia de la ley 27.426, con anterioridad al cierre del período considerado por la ley 26.417 y con anterioridad a la fecha en que se hubiera consolidado su derecho al ajuste conforme las pautas en tal ley dispuesta, modificó el modo y la fórmula de cálculo de los aumentos de los haberes jubilatorios y dicha fórmula tiene efecto de aplicación inmediata a una situación que no se hallaba consolidada."

"...habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541 y reanudándose la vigencia de la ley 27.426 hasta el día 5/1/2021 conforme lo dispuso la propia ley 27.609, que fue publicada en el Boletín Oficial el 4/1/2021, entiendo que debe liquidarse a la parte actora el haber que hubiera correspondido de haberse aplicado la movilidad establecida en la ley 27.426..."

"...no habiendo la parte actora probado que exista confiscatoriedad que resulte perjudicial conforme los lineamientos dados por la Excma. CSJN en el precedente 'Badaro'... corresponde rechazar el planteo en cuanto al punto."

"...dichos montos, calificados como 'subsidios extraordinarios' o 'refuerzos de ingreso previsional', presentan determinadas características... ni son incorporados al haber de aquéllos que lo perciben... corresponde el rechazo de lo solicitado por la parte actora en este punto, en este estadío."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fernández Pastor, Miguel Ángel c. ANSeSCSJN · 04/12/2025
  • Badaro, Adolfo Valentín c. ANSeSCSJN · 14/08/2007
  • Spitale, Josefa Elida c. ANSeSCSJN · 14/09/2004
  • Aguirre, Gustavo Tomás c. ANSeSCFSS Sala I
  • Morales, Blanca Azucena c. ANSeSCSJN · 22/06/2023
  • Savalio, Estela Gladys c. ANSeSCFSS Sala I · 16/08/2023
  • Velázquez, Miguel Atilio c. ANSeSCFSS Sala III · 17/08/2023

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