BARTOLINI JOSE CARLOS C/ INTEGRACION ELECTRICA SUR ARGENTINA SA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El actor promovió demanda por cobro sumario de sumas de dinero contra Integración Eléctrica Sur Argentina SA. El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº1 de Tres Arroyos hizo lugar al pedido de caducidad de la prueba pericial en sistemas informáticos, por no haber oposición del demandado y conforme a los arts. 366, 375 y 382 del CPCC.
Demandante (Actor): Bartolini José Carlos.
¿A quién se demanda?
Integración Eléctrica Sur Argentina SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro sumario de sumas de dinero (excluidos alquileres, etc.).
¿Qué se resolvió?
se hace lugar al pedido de caducidad de la prueba señalada, sustanciado el planteo del 29/06/26. Firme el presente, a pedido de parte, se resolverá la excepción planteada oportunamente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Atento lo peticionado, habiéndose sustanciado el planteo de fecha 29/06/26 y no existiendo oposición del demandado a ello más allá que fue el citado quien solicitó al perito en sistemas informáticos, es que conforme el art. 366, 375, 382 y c.c. del CPCC corresponde hacer lugar al pedido de caducidad de prueba ut supra señalada. Firme el presente y a pedido de parte, se resolverá la excepción plasmada oportunamente."
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Normas que cita
- CPCC (Buenos Aires)arts. 366, 375, 382
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