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Primera Instancia

Incidente Nº 5 - DENUNCIADO: SALAMANCA, VALERIA s/Audiencia de reparación

La imputada Valeria Raquel Salamanca, formalizada por tenencia simple de estupefacientes (Art. 14 Ley 23.737), ofreció una reparación integral consistente en el pago de $100.000 a la Asociación Cooperadora del Hospital Lucio Molas. El Juez homologó el acuerdo, aceptó la reparación y dispuso que, cumplido el pago, corresponderá resolver la extinción de la acción penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
OFICINA JUDICIAL SANTA ROSA (GARANTIAS)
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 000052/2026/5
Reparacion integral Homologacion de acuerdo Tenencia simple de estupefacientes Ley 23.737 art. 14 Art. 59 inc. c cp Art. 22 cppf Extincion de la accion penal Art. 269 cppf Audiencia de reparacion Asociacion cooperadora hospital lucio molas.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Auxiliar Fiscal Nicolás Cupayolo.

¿A quién se demanda?

Valeria Raquel Salamanca, imputada, con defensa a cargo del Defensor Público Oficial Luciano Rodríguez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Audiencia de reparación en la causa FBB 52/2026, por tenencia simple de estupefacientes (aproximadamente 23 gr de cocaína hallados en allanamiento en su domicilio de Callaqueo Nº1073, Santa Rosa), formalizada el 16/06/2026.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo de reparación presentado por las partes y se aceptó la reparación integral económica de $100.000, a pagar dentro de los diez primeros días de noviembre de 2026 mediante transferencia a la Asociación Cooperadora del Hospital Lucio Molas (CBU 0930300110100000011400). Cumplido el pago, la defensa deberá acompañar el comprobante y corresponderá resolver la extinción de la acción penal conforme al Art. 269 CPPF, inc. g. Se ordenó a la Oficina Judicial notificar y comunicar lo resuelto a la Asociación beneficiaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Unidad Fiscal expresó que la imputada, con participación de su defensa, ofreció una reparación integral del perjuicio consistente en el compromiso de abonar la suma de $100.000 en un pago único, en beneficio de la Asociación Cooperadora del Hospital Lucio Molas de esta ciudad. La propuesta no fue objetada por parte del MPF atendiendo a las características del caso y la ausencia de antecedentes penales por parte de la imputada - según el informe del Registro Nacional de Reincidencia -, tratándose de una herramienta viable y prevista legalmente en el Art 59, inc. c del CP compatible con lo dispuesto en el Art. 22 del CPPF." La defensa manifestó su acuerdo con lo expuesto por el MPF.

Normas que cita

  • CPart. 59 inc. c · Codigo penal
  • CPPFarts. 22, 269 · Codigo procesal penal federal
  • Ley 23.737art. 14 · Modificacion al codigo penal

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