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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 3 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, MANUEL ALEJANDRO s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Manuel Alejandro Rodríguez contra la negativa a incorporarlo al régimen de salidas transitorias. El tribunal aplicó la doctrina plenaria del Plenario N° 16 “Tobar Coca”, que declaró compatibles con la Constitución las restricciones del art. 56 bis de la ley 24.660 y del art. 14 del Código Penal para los condenados por delitos de la ley 23.737.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRO 059852/2018/TO01/30/3/CFC014
Recurso de inconstitucionalidad Inadmisibilidad Doctrina plenaria Tobar coca Art. 56 bis ley 24.660 Art. 14 codigo penal Salidas transitorias Progresividad de la pena Ley 23.737 Ejecucion penal

¿Quién es el actor?

Manuel Alejandro Rodríguez, representado por el Defensor Público Coadyuvante Dr. Andrés R. Pénnisi.

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral Federal N° 3 de Rosario, que rechazó el planteo de inconstitucionalidad y no hizo lugar a la incorporación al régimen de salidas transitorias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

inconstitucionalidad de los arts. 56 bis de la ley 24.660 y 14 del Código Penal (según ley 27.375), y la incorporación del condenado al régimen de salidas transitorias.

¿Qué se resolvió?

la Cámara declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad, sin costas en la instancia, por mayoría de los votos de Hornos y Petrone, a lo que adhirió Mahiques por remisión a sus precedentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Sin embargo, más allá de la impugnabilidad objetiva del tipo de resolución recurrida, lo cierto es que en este caso los fundamentos de la impugnación de la defensa se remiten a cuestiones que han sido ya resueltas, como doctrina plenaria, por esta Cámara Federal de Casación Penal en su fallo plenario N° 16 'TOBAR COCA, Néstor s/ inaplicabilidad de ley' del 8 de abril de 2025".

"...toda vez que no se vislumbran en la impugnación deducida argumentos distintos y novedosos que permitan apartarse de la doctrina plenaria sentada por esta Cámara, propicio al acuerdo declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto; sin costas en la instancia (arts. 463, a contrario sensu, 530 y 531, in fine, del C.P.P.N.)."

Petrone adhirió a la solución y propuso costas en la instancia (arts. 444, 530 y 531 del CPPN), propuesta que no prevaleció. Mahiques sostuvo que las modificaciones de la ley 27.375 no violan derechos ni garantías constitucionales ni tratados de jerarquía equivalente.

Normas que cita

  • Ley 24.660art. 56 bis · Pena privativa de la libertad
  • CPart. 14 · Codigo penal
  • Ley 23.737arts. 5, 6, 7 · Modificacion al codigo penal
  • Ley 27.375Ejecucion de la pena privativa de la libertad
  • CPPNarts. 444, 463, 491, 530, 531 · Codigo procesal penal

Fallos que cita

  • Miani, Cristian FabiánCFCP Sala IV · 04/11/1997
  • Romero Cacharane, Hugo AlbertoCSJN · 09/03/2004 · Fallos 327:388
  • Tobar Coca, NéstorCFCP Plenario · 08/04/2025
  • Buchanan, Ariel OscarCFCP Sala IV · 20/04/2020
  • Vergara, Jesús ÁngelCFCP Sala III
  • Sauco, GabrielCFCP Sala IV
  • Maidana, Nahuel AlexisCFCP Sala I
  • Aguirre, Eugenia RamonaCFCP Sala I
  • Lugo, Cristian SamuelCFCP Sala II
  • Franco Vázquez, Macarena J.CFCP Sala II
  • Ortiz, Mónica EstelaCFCP Sala II
  • Acosta, Santiago DanielCFCP Sala III

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