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Cámara de Apelaciones

Legajo N° 2 - IMPUTADO: ISOLA, JUAN JOSE Y OTROS s/LEGAJO DE CONTROL

La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva de Naly Pires Diniz, Raimunda Divina de Sousa y Juan José Ísola, dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7, por seis meses o hasta la finalización del juicio, lo que ocurra primero. El tribunal consideró conveniente mantener la medida para garantizar la presencia de los imputados, dado que el debate ya había comenzado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSM 055531/2022/TO01/58/2/CFC007
Prision preventiva Prorroga Ley 24.390 Plazo razonable Garantia de comparecencia Debate oral Tribunal oral en lo criminal federal n? 7 Control de casacion Libertad personal Pacto internacional de derechos civiles y politicos

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal.

¿A quién se demanda?

Naly Pires Diniz, Raimunda Divina de Sousa y Juan José Ísola (imputados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prórroga de la prisión preventiva de los imputados, en el marco de la Ley 24.390.

¿Qué se resolvió?

La Cámara tomó nota de la prórroga resuelta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 7, a partir del 12 de octubre de 2026, por seis meses o hasta la finalización del proceso, lo que ocurra primero.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que habrá de tomarse nota de las prórrogas de las prisiones, ello teniendo en cuenta que el 14 de agosto pasado se dio inicio a la audiencia de debate designada en las actuaciones, razón por la cual, a fin de garantizar la presencia de los imputados, es que estimamos conveniente mantener la medida impuesta, por el término de 6 meses o hasta la finalización del proceso, lo que ocurra primero (arts. 75 inc. 22 de la C.N., 9.3 del PIDCyP y 7.5 de la CADH)."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 75 inc. 22
  • Ley 24.390art. 1 · Justicia

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