CARI, SANDRA TERESA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La parte actora apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que no reconocía la invalidez necesaria para el retiro por invalidez previsto en la ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social tuvo por acreditada la incapacidad, con un 72,31 % a fines previsionales, y ordenó a la ANSeS pronunciarse sobre el otorgamiento de la prestación.
¿Quién es el actor?
SANDRA TERESA CARI.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
retiro por invalidez (art. 49 punto 4, ley 24.241), con cuestionamiento del dictamen de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez.
¿Qué se resolvió?
la Cámara tuvo por acreditada la incapacidad exigida a los fines previsionales por el art. 48 de la ley 24.241, ordenó a la ANSeS pronunciarse sobre el otorgamiento de la prestación y, de ser acordada, hacerla efectiva dentro de los 30 días de quedar firme el pronunciamiento. Las costas se impusieron por su orden y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la parte actora en la suma de $317.995 (3 UMA).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la parte demandada". Asimismo, el Cuerpo Médico Forense concluyó reconociendo una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 72,31 %, y "contrariamente a lo decidido por la C.M.C., corresponde declarar que quien demanda reúne las condiciones exigidas por el inciso a) del art. 48 de la ley 24241 para acceder al beneficio de retiro por invalidez".
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