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Primera Instancia

PARTIDO LIBERTARIO (N225) s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - BALANCE 2025

El Partido Libertario presentó el estado contable correspondiente al ejercicio 2025 para su control judicial. El Juzgado Federal de Mendoza N° 1 aprobó el balance, con recomendaciones de registración y ordenamiento para ejercicios futuros.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE MENDOZA 1 - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO MENDOZA)
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 000109/2026
Control de estado contable Balance anual 2025 Partido politico Ley 26.215 Art. 23 ley 26.215 Art. 38 constitucion nacional Publicidad de fondos partidarios Capacitacion Fondo partidario permanente Auditoria contable.

¿Quién es el actor?

Partido Libertario (n° 225), Distrito Mendoza, representado por su apoderada.

¿A quién se demanda?

No corresponde (procedimiento de control de estado contable).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Control y aprobación del estado contable anual 2025 presentado conforme al art. 23 de la ley 26.215.

¿Qué se resolvió?

Aprobar el ejercicio contable 2025 de la agrupación, con recomendaciones formuladas por el Cuerpo de Auditores Contadores (fs. 421/424) para sus futuros ejercicios, y ordenar las comunicaciones y registraciones pertinentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, por el contrario, la auditoría permitió verificar los principales rubros de los estados contables, los recursos públicos y privados, el cumplimiento de las obligaciones relativas a capacitación, los egresos declarados y los movimientos de la cuenta bancaria partidaria."

"Que las observaciones y recomendaciones formuladas por el profesional interviniente se vinculan con aspectos de registración, exposición y ordenamiento de la documentación que deberán ser tenidos en cuenta por la agrupación en sus futuros ejercicios, sin que hayan impedido el efectivo control del origen y destino de los fondos correspondientes al período bajo examen."

"Que, en consecuencia, teniendo especialmente en cuenta el dictamen favorable del Cuerpo de Auditores Contadores y lo dictaminado en igual sentido por la señora Fiscal Federal a fs. 426, corresponde aprobar el ejercicio contable bajo examen."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 38
  • Ley 26.215arts. 23, 12 · Ley de financiamiento de los partidos politicos

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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