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Primera Instancia

VAZ MARTINS JAUREGUY, IVON JENICE Y OTROS c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Ivon Jenise Vaz Martins Jaureguy, Sofía Gala Fernández y Cecilia Julieta Fernández demandaron a Edesur S.A. por daños y perjuicios derivados de reiterados cortes y fluctuaciones en el suministro eléctrico de su inmueble. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, condenó a la distribuidora a pagar $330.000 por daño material y moral, rechazó el daño punitivo y la devolución de lo abonado, y declaró prescriptos los períodos anteriores al 6/12/2020.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 1
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 021099/2024
Responsabilidad contractual Servicio publico de energia electrica Relacion de consumo Dano material Dano moral Dano punitivo Prescripcion trienal Fuerza mayor Edesur s.a. Ley 24.240

¿Quién es el actor?

Ivon Jenise Vaz Martins Jaureguy, Sofía Gala Fernández y Cecilia Julieta Fernández.

¿A quién se demanda?

Edesur S.A. (Empresa Distribuidora Sur S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de cortes y deficiencias en el suministro de energía eléctrica en el inmueble de Aranguren Juan F. 3416, 3° D, CABA, durante el período iniciado el 26/12/2018; reclamo por daño material ($195.000), daño moral ($225.000), daño punitivo ($170.000) y devolución de importes abonados por servicio no prestado.

¿Qué se resolvió?

se declaró prescripta la acción por los períodos anteriores al 6/12/2020; se admitió la legitimación activa de las actoras como usuarias del servicio; se condenó a Edesur S.A. a pagar $330.000 ($110.000 para cada actora), comprensivos de $150.000 por daño material y $180.000 por daño moral, con intereses a la tasa del Banco de la Nación Argentina en descuento a 30 días desde la traba de la litis; se rechazaron el daño punitivo, la actualización monetaria y la devolución de importes abonados; se impusieron las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ninguna de las causales de eximición invocadas por la distribuidora (las altas temperaturas producidas, la denominada 'situación tarifaria', entre otras) son aptas para justificar los incumplimientos incurridos, pues no parece que se trate de hechos inevitables, impredecibles y externos sino de contingencias propias de la actividad a la que se dedica Edesur y que ella misma debe asumir."

"Tampoco pueden justificarse los incumplimientos de la demandada bajo el argumento de que en el contrato de concesión se tolere una cantidad semestral máxima de cortes, pues ... la circunstancia de que en ese marco normativo se haya pactado una tolerancia respecto de los modos de prestación del servicio sólo gravita en la relación administrativa que existe entre el prestador y el Ente Nacional Regulador de Electricidad, y es, por tanto, irrelevante para decidir la responsabilidad de Edesur S.A."

"La excepcionalidad apuntada lleva a concluir que no cualquier actuación meramente negligente o culpable amerita la procedencia del daño punitivo; y en este caso, considero que la conducta imputada a la demandada no reviste las cualidades necesarias para emitir una condena de las características de la pretendida."

"Cabe señalar que el servicio que presta la demandada, se cobra dependiendo del consumo que realiza el usuario ... si no hay consumo, la empresa prestadora del servicio no tiene forma de cobrar lo que no se utiliza."

Normas que cita

  • CCyCNarts. 2561, 2560 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.240arts. 3, 52 bis, 53 · Defensa del consumidor
  • CPCCNarts. 165, 68, 72, 377, 482 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CPCC (Caba)art. 77
  • Ley 23.928art. 7 y 10 · Convertibilidad del austral
  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 27.423arts. 16, 21, 24, 29 y 58 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 26.361Defensa del consumidor
  • Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
  • Decreto 2536/2015art. 3
  • Resolución 2372/26
  • Ley 23.898art. 11 · Tasas judiciales

Fallos que cita

  • ADDUC y otros c/ AySA SA y otrosCSJN · 14/10/2021
  • Gargano Diego c/ Banco de la Nación ArgentinaCSJN
  • G y C Construcciones SA c/ Ostrilion SACNCom Sala D · 05/04/2013

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