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Cámara de Apelaciones

VICECONTE, ROSANA MARIA c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH (EX 104743978/23 - RESOL 172/26) s/DERECHOS HUMANOS - LEY 25914 - ART 6

La actora, nacida en 1960 y presente en el domicilio familiar durante el operativo en que fue detenido y desaparecido su padre, reclamó el beneficio de la ley 25.914 por privación ilegal de la libertad siendo menor de edad. La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso directo y confirmó la denegatoria del Ministerio de Justicia, al entender que la presencia en el domicilio no acredita una detención propia ni un cautiverio o privación de libertad en los términos de la ley.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 037219/2026/CA001
Ley 25.914 Reparacion historica Privacion ilegal de la libertad Menor de edad Desaparicion forzada Detencion de padres Recurso directo Terrorismo de estado Derechos humanos Beneficio indemnizatorio.

¿Quién es el actor?

Rosana María Viceconte.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (EN-M Justicia y Derechos Humanos), mediante la resolución RESOL-2026-172-APN-MJ.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del beneficio indemnizatorio de la ley 25.914 por privación ilegal de la libertad mientras era menor de edad, en razón de la detención y desaparición forzada de su padre.

¿Qué se resolvió?

la Cámara rechazó el recurso directo y, con costas, confirmó la denegatoria administrativa. La decisión fue unánime.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"[L]as circunstancias invocadas por la actora no permiten tener por acreditados los presupuestos exigidos para acceder al beneficio solicitado, por lo que corresponde desestimar el recurso interpuesto."

"[L]a actora era menor de edad y se hallaba presente en el domicilio familiar al momento del operativo que culminó con la detención ilegal y posterior desaparición forzada de su padre. Sin embargo, tales circunstancias no resultan suficientes, por sí solas, para tener por acreditado que aquélla hubiera permanecido detenida en los términos exigidos por la ley 25.914."

Se remite al informe técnico 38/2026 y al dictamen IF-2026-24344320-APN-DD#MJ, que no advirtió irrazonabilidad en la denegatoria.

La Cámara recordó que la ley 25.914 contempla dos supuestos (haber nacido durante la privación de libertad de la madre, o haber permanecido, siendo menor, en establecimientos carcelarios o lugares de igual finalidad a causa de la detención de los padres) y que el Tribunal ya lo sostuvo en "Rossi", "Figueroa", "Ricci" y "Cattaneo".

Normas que cita

  • Ley 25.914arts. 1, 2, 3, 6 · Derechos humanos
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Rossi, Gustavo GabrielCAF Sala IV · 14/11/2017
  • Figueroa, Fernando NicolásCAF Sala IV · 20/03/2018
  • Ricci, ClaraCAF Sala IV · 10/06/2025
  • Cattaneo, AníbalCAF Sala IV · 17/03/2026

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