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Cámara de Apelaciones

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS R. O., R. R. SOBRE 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD

La Fiscalía y la Defensa apelaron el rechazo de la incompetencia territorial respecto del delito de desobediencia a la autoridad, sosteniendo que debía tramitar junto con el abuso sexual en La Matanza. La Sala III revocó la decisión de primera instancia y declaró la incompetencia territorial, por economía procesal, conexidad del hecho y el contexto de violencia de género.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA DE CASACIÓN Y APELACIONES PCYF CABA
Fuero
PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS (CABA)
Jurisdicción
Local · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
64813-2023-1
Incompetencia territorial Desobediencia a la autoridad Abuso sexual Conexidad Economia procesal Violencia de genero Revictimizacion Justicia penal contravencional y de faltas caba Departamento judicial la matanza Apelacion

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (apelante, junto con la Defensa).

¿A quién se demanda?

R. R. R. O. (imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que se declare la incompetencia territorial de la Justicia Penal Contravencional y de Faltas de la CABA para entender en el delito de desobediencia a la autoridad (art. 239 CP), remitiéndolo al Juzgado de Garantías de La Matanza donde se investiga el abuso sexual agravado.

¿Qué se resolvió?

La Sala III revocó la resolución del Juzgado PCyF nro. 5 que había rechazado la incompetencia, y la decisión de la Cámara fue en el sentido de declarar la incompetencia territorial respecto del delito de desobediencia a la autoridad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"si el accionar se ha verificado en varias jurisdicciones corresponde atribuir la competencia al magistrado que resulte más conveniente por razones de economía procesal".

"a efectos de cumplir con el principio de economía procesal y de lograr una mejor y más efectiva administración de justicia, lo conveniente para el caso resulta que la investigación del delito de abuso sexual tramite de manera conjunta con el delito de desobediencia a la autoridad".

"Además se trata de un caso que se encuentra inmerso en la problemática de la violencia de género, lo que nos lleva a buscar las alternativas que privilegien la no revictimización de la presunta damnificada, y la mayor celeridad en el avance del caso."

"el desdoblamiento ordenado por la Jueza de grado obliga a R. O., a afrontar dos procesos penales en simultaneo por hechos que responden a un mismo contexto fáctico y vinculados con la problemática de la violencia doméstica".

Nota: el juez Ignacio Mahiques no participó por hallarse en uso de licencia.

Normas que cita

  • Ley 26.485art. 4 · Ley de proteccion integral a las mujeres
  • CParts. 239, 119 · Codigo penal
  • CPPCABA (Caba)arts. 17, 18, 76 bis, 218, 280, 292, 293, 324

Fallos que cita

  • Acosta, Fabian s/incidente de competenciaCSJN · 07/04/2022
  • Calderón Diaz, José y otros s/incidente de competenciaCSJN · 15/03/2022
  • CazónCSJN

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