JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS N. V, J. O SOBRE 104 - ABUSO DE ARMAS

La defensa particular de J. O. N. V. apeló la denegatoria de su arresto domiciliario fundada en su estado de salud (tuberculosis, HIV y depresión) y en las condiciones del encierro cautelar. La Sala I confirmó la decisión de primera instancia por considerar que no se acreditaron circunstancias sobrevinientes que justifiquen morigerar la prisión preventiva, pues persisten los riesgos de fuga y entorpecimiento y el imputado recibe atención médica adecuada en el ámbito penitenciario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA DE CASACIÓN Y APELACIONES PCYF CABA
Fuero
PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS (CABA)
Jurisdicción
Local · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
25136-2026-1
Prision preventiva Arresto domiciliario Peligro de fuga Entorpecimiento del proceso Derecho a la salud Excepcionalidad de la prision preventiva Proporcionalidad Alcaidia Servicio penitenciario federal Morigeracion de medida cautelar

Actor (quien recurre): Defensa particular del imputado J. O. N. V.

Demandado / parte contraria: Ministerio Público Fiscal (Fiscalía de Cámara Este), que contestó la vista y solicitó confirmar.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Morigeración de la prisión preventiva mediante arresto domiciliario (con eventual monitoreo electrónico) o, subsidiariamente, permanencia en la Alcaidía en lugar de traslado a un establecimiento del Servicio Penitenciario Federal.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la resolución del 30/7/2026 del Juzgado PCyF N° 6 que rechazó el arresto domiciliario y el pedido de permanecer en la Alcaidía. Se tuvieron presentes las reservas efectuadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Persisten los riesgos de fuga y entorpecimiento, y no se verifican indicios de que las circunstancias expuestas se hayan modificado."

"Lo cierto es que tal pretensión… tampoco puede prosperar, pues las alcaidías constituyen establecimientos destinados al alojamiento transitorio de personas privadas de su libertad, careciendo de la infraestructura, recursos y medios con que cuentan los complejos penitenciarios…"

"Las constancias incorporadas permiten advertir que, contrariamente a lo sostenido por la defensa particular, el Sr. N. V. ha recibido atención y seguimiento médico durante su detención, sin que se haya acreditado que su estado de salud resulte incompatible con el régimen de alojamiento en el que actualmente se encuentra."

Las peticiones de medidas de prueba y de control sanitario deben ser planteadas ante el juez de primera instancia, "que es quien se encuentra en mejores condiciones para evaluar su procedencia".

Normas que cita

  • CPPCABA (Caba)arts. 186 inc. 7, 185, 199, 292, 293
  • CPart. 277 inc. 1 ap. c · Codigo penal

Fallos que cita

  • CS 83634/2025-1 "T. P., G. sobre 149 bis - Amenazas"CPCABA Sala I · 08/07/2025
  • CS 20791/2025-1 "G., M. Á. y otros sobre 5 C - comercio de estupefacientes"CPCABA Sala I · 09/10/2025
  • CS 26693/2024-1 "Paz, Pedro s/ art. 189 bis 2 / - 4º parr."CPCABA Sala I · 30/04/2024
  • CS 147779/2026-1 "Sosa, Gustavo Ramon y otros sobre 183 – Daños"CPCABA Sala I · 11/08/2026

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.