BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ CORDOBA, HUGO RICARDO s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO
El Banco de la Nación Argentina promovió demanda ordinaria por cobro de pesos contra Hugo Ricardo Córdoba, por saldos impagos de dos tarjetas de crédito. El Juzgado Federal de Catamarca 2 hizo lugar a la demanda por la suma de $1.506.131,82 en concepto de capital, con intereses compensatorios y punitorios, en razón de la falta de contestación del demandado y de la prueba documental presentada.
¿Quién es el actor?
Banco de la Nación Argentina.
¿A quién se demanda?
Hugo Ricardo Córdoba, DNI N° 31.197.002.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de pesos por saldos deudores de las tarjetas de crédito Nativa Mastercard (Cuenta N° 7920172/4), por $848.731,33, y Nativa VISA (Cuenta N° 116837805 0/5), por $657.400,49, con intereses compensatorios a la Tasa Activa de Cartera General del Banco de la Nación Argentina e intereses punitorios del 50% de la tasa compensatoria, y costas.
¿Qué se resolvió?
el tribunal resolvió "HACER LUGAR a la demanda interpuesta por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, condenando en consecuencia al Sr. HUGO RICARDO CÓRDOBA, DNI N° 31.197.002, a pagar a la actora, dentro del término de diez (10) días de quedar firme la presente resolución, la suma de PESOS UN MILLÓN CINCOCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y UNO CON 82/100 ($1.506.131,82) en concepto de capital impago", con intereses compensatorios y punitorios desde la exigibilidad de cada obligación hasta su pago íntegro. Impuso las costas al demandado vencido (arts. 60 y 68 CPCCN) y difirió la regulación de honorarios hasta que exista base firme y liquidación aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien dicha rebeldía no exime a la accionante de acreditar la existencia de la obligación reclamada ni implica una automática aceptación del derecho, sí crea un cuadro presuncional favorable a la pretensión de la actora cuando se halla corroborado con la prueba instrumental rendida en la causa."
"Analizadas las constancias de autos, surge que la actora acompañó los Certificados de Saldo Deudor de fechas 15 de octubre de 2024, suscritos por funcionarios autorizados del Banco de la Nación Argentina, correspondientes a las tarjetas de crédito Nativa Mastercard ($848.731,33) y Nativa VISA ($657.400,49), junto con los resúmenes de cuenta que reflejan los consumos e incumplimientos y las constancias emitidas de conformidad con el art. 39 de la Ley N° 25.065 (inexistencia de denuncias de robo/extravío o cuestionamientos a la liquidación). Dicha documentación, unida a la falta de contestación de la demanda por el accionado, resulta suficiente para tener por acreditada la existencia del vínculo contractual, la recepción de las tarjetas, la realización de las compras y la posterior mora en el cumplimiento de la obligación de pago por parte del demandado."
"Respecto a los accesorios reclamados, corresponde admitir la liquidación de los intereses compensatorios y punitorios devengados conforme a las pautas expresamente pactadas en la solicitud/contrato de emisión y en los resúmenes de cuenta incorporados a la causa."
"Atento al resultado del pleito, las costas procesales se imponen en su totalidad al demandado en su condición de parte vencida, en aplicación de la teoría del hecho objetivo de la derrota (arts. 60 y 68 del C.P.C.C.N. / doctrina de Chiovenda citada por Fenochietto-Arazi)."
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Normas que cita
- Ley 25.065art. 39 · Tarjetas de credito
- CPCCNarts. 59, 60, 68, 356 inc. 1 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- CHIOVENDA
- FENOCHIETTO-ARAZI
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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