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Cámara de Apelaciones

ROCCO RAUL HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La parte actora promovió reajuste por movilidad de su haber previsional contra la ANSeS, y en la ejecución de sentencia se discutió el recálculo de la PBU y la imposición de costas. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada en lo materia de agravios y ordenó el recálculo de la PBU conforme al método de la Sala.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 071022336/2011/CA002
Reajuste por movilidad Pbu Recalculo Ejecucion previsional Haber jubilatorio Anses Movilidad previsional Costas Honorarios Quiroga

¿Quién es el actor?

Raúl Horacio Rocco.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad del haber jubilatorio, con recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).

¿Qué se resolvió?

se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se ordenó el recálculo de la PBU; se regularon honorarios de los profesionales actuantes en esta alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia; y se impusieron las costas de la instancia a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423). No participó del acuerdo el Dr. Anibal Pineda por licencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación al agravio ambas partes referido al recálculo de la PBU, surge de la sentencia que se ejecuta que se difirió el análisis respecto de su procedencia al momento de la ejecución, conforme los fundamentos del precedente 'Quiroga' de la CSJN. En consecuencia, nos encontramos en la etapa procesal oportuna a los efectos de realizar el estudio pospuesto. Analizada la liquidación, surge que el método utilizado por quien confeccionó la liquidación es coincidente con lo sostenido por esta Sala 'B' en autos 'ANTONELLI, Ricardo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' del 16/07/2020, 'AMAT, Juan Alberto c/ ANSES s/ Ejecución previsional' del 10/11/2020 y la Sala 'A' en autos 'LOPEZ, Osvaldo Ricardo c/ ANSeS s/ Ejecución Previsional' del 26/11/2020, en consecuencia resulta correcto el cálculo realizado, por lo que corresponde rechazar el agravio de la demandada, hacer lugar al del actor y ordenar la actualización del componente."

"En cuanto a los planteos efectuados por la demandada, nos remitimos, en lo pertinente, por razones de brevedad y economía procesal, a lo dispuesto por esta Sala integrada en el expte. 'INC EJECUCIÓN DE SENTENCIA de PERALTA, ENRIQUE JOSE– ANSeS' Acuerdo del 14 de agosto de 2026, debiendo estarse a lo allí resuelto."

"En relación a la queja por los honorarios regulados a la representación de la parte actora, la sentencia apelada dispuso... que deberán los profesionales intervinientes dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 2º de la Ley 17.250, Decreto 6080/69 y Resolución General de la A.F.I.P. Nº 689/99, por lo que, atento a no existir regulación alguna, el agravio no puede prosperar."

Normas que cita

  • Ley 17.250art. 2
  • Decreto 6080
  • Resolución 689/99
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

Fallos que cita

  • QuirogaCSJN
  • ANTONELLI, Ricardo c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFSS Sala B · 16/07/2020
  • AMAT, Juan Alberto c/ ANSES s/ Ejecución previsionalCFSS Sala B · 10/11/2020
  • LOPEZ, Osvaldo Ricardo c/ ANSeS s/ Ejecución PrevisionalCFSS Sala A · 26/11/2020
  • PERALTA, Enrique José c/ ANSeS s/ Reajustes por movilidad (inc. ejecución de sentencia)CFSS Sala B · 14/08/2026

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