JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

A., A. A. c/ OSPE s/AMPARO LEY 16.986

La parte actora promovió amparo contra la Obra Social de Petroleros (OSPE) para obtener la cobertura de un ciclo de vitrificación de ovocitos y su criopreservación, con fundamento en la reserva ovárica reducida y el antecedente de cirugía ovárica de la afiliada. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo, con el voto de los jueces Álvarez y Faggi, y elevó a 8 UMA los honorarios de la perito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE LA PLATA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FLP 000789/2025
Amparo Reproduccion medicamente asistida Vitrificacion de ovocitos Ley 26.862 Cobertura obligatoria Pmo Capacidad de procrear en el futuro Reserva ovarica Salud reproductiva Criopreservacion.

¿Quién es el actor?

A. A. F.

¿A quién se demanda?

Obra Social de Petroleros (OSPE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobertura integral de un ciclo de vitrificación de ovocitos (con al menos 12 ovocitos metafase 2), mantenimiento anual, futura fertilización por ICSI, criopreservación de embriones remanentes, medicación y estudios conexos, con cobertura de la crioconservación por cinco años desde la extracción.

¿Qué se resolvió?

la Cámara rechazó el recurso de apelación de OSPE y confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a lo principal, es decir, la condena a otorgar la cobertura en los términos del amparo. Asimismo, modificó la regulación de honorarios de la perito Natalia Fernanda Cortes, fijándola en 8 UMA. Las costas de la instancia de Cámara se impusieron a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La norma no exige la existencia de un diagnóstico actual de infertilidad ni que la capacidad reproductiva se encuentre ya efectivamente perdida o severamente afectada. Por el contrario, contempla una situación eminentemente prospectiva, vinculada con la posibilidad de que aquella capacidad pueda verse comprometida en el futuro."

"...las diferencias existentes entre ambos informes responden, en buena medida, al alcance asignado a los distintos indicadores médicos y al grado de compromiso reproductivo exigible para recomendar la preservación de la fertilidad. Frente a ello, las conclusiones de la Dra. Cortes designada en autos, examinadas en conjunto con la indicación de la médica tratante y los antecedentes objetivos incorporados a la causa, brindan sustento suficiente para considerar acreditada la situación contemplada por el artículo 8 de la ley 26.862."

"...una interpretación que exigiera aguardar a que el deterioro de la capacidad reproductiva se encuentre consumado o alcance un grado de severidad tal que permita diagnosticar infertilidad desatendería, a mi juicio, el carácter preventivo que posee la previsión específica relativa a la guarda de gametos."

Se destacó además que el antecedente quirúrgico de ooforectomía parcial derecha (2013) fue ponderado por la perito junto con la edad, la disminución de la hormona antimülleriana y el recuento folicular, y que la indicación no respondía a una mera decisión personal de postergar la maternidad.

¿Cómo votaron los jueces?

el juez Di Lorenzo propuso hacer lugar al recurso de OSPE y revocar la sentencia de primera instancia, por considerar que el informe del Cuerpo Médico Forense desvirtuaba el dictamen pericial y que no se acreditaba que la capacidad de procrear de la actora estuviera comprometida, en los términos del artículo 8 de la ley 26.862. Ese criterio quedó en minoría y no es la decisión del tribunal. Su propuesta de costas en el orden causado tampoco prosperó.

Normas que cita

  • Ley 26.862art. 8 · Reproduccion medicamente asistida
  • Decreto 956
  • Ley 16.986art. 8 · Amparo
  • Ley 23.660Obras sociales
  • Resolución 1-E
  • Ley 27.423arts. 16, 51, 59, 60 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Constitución Nacionalart. 75 inc. 22

Fallos que cita

  • Recurso de hecho deducido por los actores en la causa L.E.Y. c/OSEP s/amparoCSJN · 01/09/2015
  • Fallos 258:222CSJN
  • Fallos 265:301CSJN
  • Fallos 272:225CSJN

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