ARCA c/ GNC PORTON DE PIEDRA S.A s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
El Fisco Nacional (ARCA) promovió ejecución fiscal por una deuda de $6.212.659,79 contra GNC Porton de Piedra S.A. El Juzgado Federal de Córdoba 2 declaró expedita la ejecución ante la falta de oposición de excepciones, mandó llevarla adelante hasta el pago íntegro del capital con más intereses y dispuso las costas a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA, ex AFIP).
¿A quién se demanda?
GNC Porton de Piedra S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de la deuda de $6.212.659,79 correspondiente a los conceptos de la boleta de deuda agregada en autos, más intereses legales.
¿Qué se resolvió?
se declaró expedita la ejecución y se mandó a llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado con más sus intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se dispuso la inhibición general de bienes para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario, con levantamiento una vez satisfecha la pretensión fiscal; se ordenó la liquidación administrativa de la deuda con posibilidad de impugnación en cinco días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad..."
"III) De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente-, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."
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Normas que cita
- Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
- CPCCNarts. 68, 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- 276/08
- Ley 8404 (Provincia De Cordoba)
- Ley 6468 (Provincia De Cordoba)
- Ley 9201 (Provincia De Cordoba)
- Ley 9225 (Provincia De Cordoba)
- Resolución 484/10
- Resolución 157/09
- Acordada 6/14
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