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Primera Instancia

MORALES, IAN JOEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador Ian Joel Morales reclamó a Provincia ART S.A. la revisión de la incapacidad laborativa fijada por la Comisión Médica por un accidente de trabajo ocurrido el 27/02/2024. El tribunal revocó la decisión administrativa, fijó una incapacidad del 18,50% de la T.O. y condenó a la aseguradora a pagar $23.741.703,43 con intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 15
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 037117/2025
Accidente de trabajo Incapacidad laborativa Comision medica Pericia medica Ingreso base mensual (ibm) Ripte Ley 26.773 Intereses moratorios Ley 24.557 Provincia art

¿Quién es el actor?

Ian Joel Morales.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso contra la resolución de la Comisión Médica Nro. 010 de la Ciudad de Buenos Aires, que había establecido que el accionante no poseía incapacidad como consecuencia del accidente de trabajo sufrido el 27/02/2024 (T00 – Policontusiones), a fin de que se determine la incapacidad y se fije la indemnización correspondiente.

¿Qué se resolvió?

Revocar lo decidido por la Comisión Médica Nro. 10; establecer una incapacidad laborativa del 18,50% de la T.O.; condenar a la aseguradora a abonar $23.741.703,43 dentro del quinto día, con más los intereses correspondientes; imponer costas a la demandada y regular honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Otorgo al dictamen referido eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante."

> "...la impugnación presentada por la parte demandada, a mi juicio, no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia, toda vez que se presentan como meras objeciones fundadas en disconformidad con lo constatado por el perito médico (art. 386 y 477 CPCCN)."

> "En suma, determino que, como consecuencia del accidente de trabajo acaecido el día 27/02/2024, el actor padece una incapacidad física equivalente al 18,50% de la total obrera."

> "...resulta un IBM actualizado de $682.955,42."

> "...el importe resultante asciende a la suma de $ 19.784.752,86 (53 x $682.955,42 x 18,50% x 65/22), la que resulta superior al monto establecido en el art. 3º del decreto Nro. 1694/09..."

> "A la suma anteriormente determinada ($19.784.752,86), corresponde adicionar la indemnización de pago único prevista en el art. 3 de la ley 26.773, dado que el accidente laboral se manifestó cuando se hallaba ya vigente la ley referida..."

> "...la parte actora resulta acreedora del monto total de $ 23.741.703,43, con más los intereses que -en la oportunidad pertinente- se calculen según lo dispuesto por el apartado segundo del art. 12 de la Ley 24.557, según texto del art. 1° del decreto Nro. 669/19..."

> "...concluyo que el monto de condena y los accesorios establecidos precedentemente deberán abonarse dentro de los cinco días de notificada la liquidación prevista en el art. 132 de la LO, y a partir de la mora será de aplicación lo establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial..."

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 12, 14 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 27.348art. 11 · Riesgos del trabajo
  • Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
  • Decreto 669/2019art. 1
  • Decreto 1694/2009art. 3
  • CCyCNarts. 768, 770, 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 16, 21, 22, 29, 61 bis · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.802art. 97 · Ley de modernizacion laboral
  • CPCCNarts. 386, 477, 68, 80 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acta Acuerdo 2.669 CNAT
  • Resolución 39/2023 MTEySS
  • Convenio 95 OITart. 1

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