GULBERTI, LUIS MARIA c/ ARCA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El actor, jubilado, promovió acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra ARCA para que se dejara sin efecto la retención del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional. El Juzgado Federal de Paraná hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen en el caso concreto y ordenó la devolución de las sumas retenidas.
¿Quién es el actor?
Luis María Gulberti, jubilado, con patrocinio letrado de los Dres. María Cristina Badano, Eduardo L. Prina y Pablo R. Tanger.
¿A quién se demanda?
ARCA (ex AFIP).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inconstitucionalidad e inaplicabilidad, para el caso particular, del régimen del impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio (arts. 1º, 2, 79 inc. c, 81, 90 y cctes. de la ley 20.628 y normas complementarias), con cese de la retención, devolución de lo retenido e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró, para el caso concreto, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias sobre el haber previsional del actor; se ordenó a ARCA reintegrar, en diez días, los montos retenidos desde que el actor accedió al beneficio, con tasa pasiva promedio del BCRA; se ordenó oficiar al organismo liquidador para que se abstenga de practicar la retención; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios en conjunto a los letrados de la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el haber previsional, tiene por finalidad esencial asegurar la subsistencia frente a la contingencia vejez y se encuentra protegido, no solo por las leyes propias de la seguridad social, sino también por la Constitución Nacional y normas que comparten su jerarquía."
"La mengua del haber previsional mediante la retención de un porcentaje de aquel, en concepto de impuesto a las ganancias, afecta notablemente su esencia, y por lo tanto le impide cumplir con su finalidad. A ello se le suma el hecho de que el tributo de mención, fue oportunamente abonado, al encontrarse el sujeto pasivo -hoy retirado- en actividad."
"Esto lleva a una doble imposición, por un lado el fisco percibió el tributo por el trabajo personal y por otro lado, percibe el mismo impuesto, por el beneficio previsional derivado de aquella labor por la cual ya se tributó."
"no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características"
Se cita el precedente CSJN "Garcia María Isabel c/ AFIP" (26-03-2019), que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 23 inc. c, 79 inc. c, 81 y 90 de la ley 20.628, y se remite a él por razones de brevedad.
"A esta solución se arriba, reitero, porque el haber previsional no puede ser pasible de ningún tipo de imposición tributaria, con independencia de su denominación legislativa: impuesto a las ganancias, impuesto cedular o impuesto a los ingresos personales."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 20.628arts. 1, 2, 79 inc. c, 81, 82 inc. c, 90 · Impuestos a las ganancias
- Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
- Ley 27.430Impuestos
- Ley 27.725Ley de impuesto a las ganancias
- Ley 27.743Medidas fiscales paliativas y relevantes
- Decreto 953/2024
- Decreto 652/2024
- Resolución 5531/2024
- Resolución 2437/2008
- Ley 27.423art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Garcia, María Isabel c/ AFIPCSJN · 26/03/2019
- SpitaleCSJN
- Cuesta, Jorge Antonio c/ AFIPCNCiv y Com. Fed. · 29/04/2015
- Fallos 332:1571CSJN
- Fallos 297:500CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.