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Cámara de Apelaciones

MATURANO, SANDRA FABIANA c/ MINISTERIO DE SALUD- SECRETARIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

Una amparista demandó a la Secretaría Nacional de Discapacidad (ex ANDIS) por mora en resolver su solicitud de Pensión No Contributiva por Invalidez, y el juez de primera instancia ordenó dictar el acto dentro de cinco días, con costas y honorarios a cargo de la demandada. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia, rechazó la apelación y mantuvo la imposición de costas y la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 007019/2026/CA001
Amparo por mora Articulo 28 lnpa Mora de la administracion Derecho de peticionar Debido proceso adjetivo Pension no contributiva por invalidez Costas Art. 68 cpccn Honorarios Uma.

¿Quién es el actor?

Sandra Fabiana Maturano.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Salud de la Nación – Secretaría Nacional de Discapacidad (ex ANDIS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo por mora de la Administración en la resolución de la solicitud de Pensión No Contributiva por Invalidez (Expte. 041-27-18616985-4-055-000001), con el pedido de que se practique liquidación con montos retroactivos a la fecha de solicitud.

¿Qué se resolvió?

la Cámara resolvió no hacer lugar al recurso de apelación de la codemandada Secretaría Nacional de Discapacidad y confirmar la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de apelación y agravio. Impuso las costas de segunda instancia a la recurrente vencida (art. 68 CPCCN) y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de lo regulado en primera instancia, equivalentes a 2,1 UMA ($222.581,10), actualizables al valor de la UMA al momento del pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El amparo por mora es una petición jurisdiccional que se impone como el instrumento que tiene el particular si quiere obtener una decisión del órgano público, y es procedente, conforme lo establece el propio artículo 28 de la LNPA, frente a la mora en la emisión de cualquier acto de la administración."

"En tal sentido, vencido el plazo fijado para resolver, la administración se encuentra en mora." (citando a Budassi: "particular caso de mora automática porque el solo transcurso del plazo, sin necesidad de interpelación alguna, habilita la interposición del amparo del art. 28 LNPA").

"La actora ha debido acudir a la promoción de un juicio por el indebido retardo incurrido por la administración. Por tanto, aparece como razonable que las costas judiciales le sean impuestas a quien no respetó, dentro del procedimiento administrativo, los plazos que legalmente tenía a su cargo para emitir una resolución."

"Es dable recordar que si bien el proceso de amparo por mora reúne determinadas características que lo hacen diferente a otros, en la medida en que el requerido no contesta demanda o recurso sino que produce un informe, tal situación no impide que deba hacerse cargo de las costas, ya que con su conducta omisiva determina que la actora tenga que recurrir a la vía jurisdiccional..." (CCAF, Sala IV, causa 57806/2022).

Respecto de los honorarios, al tratarse de un proceso sin monto se aplicó el art. 44 de la Ley 27.423 (UMA) y se confirmó la regulación de primera instancia, reducida al 30%.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14, 18, 75 inc. 22, 43
  • Ley 19.549art. 28 · Normas
  • Ley 16.986Amparo
  • Ley 24.463arts. 14, 21 · Solidaridad previsional
  • CPCCNarts. 37, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNart. 804 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 16, 30, 44 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Convención Americana sobre Derechos Humanosarts. 8, 25
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosarts. 2 inc. 3, 14
  • Declaración Universal de Derechos Humanosart. 10
  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombreart. 24
  • Resolución SGA 1352/2026

Fallos que cita

  • Ciom SRL y otros UTE c/ EN Mº Economía s/ amparo por moraSala V CNCAF · 21/11/2006
  • Metrogas S.A. c/ ENARGAS y otro s/ amparo por moraSala CNCAF (causa 13.792/2009) · 29/12/2011
  • Pontiggia Viviana Graciela c/ EN y otro s/ amparo por moraCNCAF (causa 50.596/2012) · 15/08/2013
  • Cortuc SA c/ ENMº Planificación s/ amparo por moraCNCAF (causa 13807/2014) · 28/08/2014
  • GCBA c/ EN-AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS s/ amparo por moraCCAF Sala IV (causa 57806/2022) · 09/03/2023
  • Fallos 287:230CSJN
  • Fallos 294:466CSJN

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