Legajo Nº 19 - IMPUTADO: LANA, HECTOR HUGO Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION
La Cámara Federal de Corrientes declaró la nulidad de los procesamientos sin prisión preventiva dictados contra Héctor Hugo Lana, José Sebastián Rodríguez, Ever Sergio Gabriel Sisi y César Gustavo Maya por falta de fundamentación sobre la intervención individual de cada uno en el hecho atribuido. Asimismo, apartó al juez interviniente y dispuso que otro magistrado dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (la causa es de acción pública, por infracción a la Ley 23.737).
Demandado / imputados: Héctor Hugo Lana, Ever Sergio Gabriel Sisi, José Sebastián Rodríguez y César Gustavo Maya.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recursos de apelación interpuestos por las defensas de Lana, Sisi y Rodríguez contra el auto del Juzgado Federal de Paso de los Libres del 25 de marzo de 2026, que dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Sisi (tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, organización y financiamiento, agravada por la cantidad de personas intervinientes —arts. 7, 5 inc. c y 11 inc. c de la Ley 23.737—) y de Lana y Rodríguez (arts. 5 inc. c y 11 inc. c), con embargos de $250.000 para Sisi y $200.000 para cada uno de los otros, en el marco de una investigación iniciada en abril de 2023 por comercialización de estupefacientes bajo modalidad de reparto.
¿Qué se resolvió?
La Cámara tuvo por desistido el recurso de Sisi por falta de presentación del memorial sustitutivo (art. 454 CPPN), sin tratar sus agravios. Hizo lugar a los recursos de Lana y Rodríguez y declaró la nulidad del procesamiento, extendiéndola a Sisi y Maya por el art. 441 CPPN. Apartó al magistrado (art. 173 CPPN) y ordenó remitir la causa al subrogante legal para que dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que, aunque la fundamentación puede ser breve, debe permitir conocer el hecho atribuido y cómo los elementos sustentan la intervención de cada imputado (arts. 123 y 308 CPPN). Expresó: "no basta para satisfacer la exigencia de motivación o fundamentación del auto de mérito la mera explicitación de los elementos de prueba, sino que los mismos deben ser analizados singularmente y a la luz de la imputación delictiva que pesa sobre el encartado" (citando a la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala B, expte. n.º 731/2010). Señaló que, pese a la nulidad anterior dictada el 30 de diciembre de 2024, el nuevo auto no subsanó las omisiones sobre Lana (falta de precisión del hecho y de explicación del aporte individual) ni sobre Sisi (ausencia de conexión entre las constancias y las funciones de organización y financiamiento; confusión sobre el episodio del Ford Focus). Respecto de Rodríguez, indicó que la reseña incluía intercambios de personas no individualizadas y que no se confrontaba el descargo con los indicios. Destacó además discordancias internas, como la diferencia entre los montos de embargo fundamentados y los dispuestos. Sobre el apartamiento, fundó la medida en la persistencia de omisiones pese a la oportunidad de renovar el acto con las indicaciones de la Cámara, citando antecedentes de la Cámara Criminal y Correccional Federal, Sala I (expte. CFP 11060/2013/3/CA5) y de esta misma Cámara (FCT 1900/2020/3/CA1).
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Normas que cita
- Ley 23.737arts. 5 inc. c, 7, 11 inc. c · Modificacion al codigo penal
- CPPNarts. 123, 173, 306, 308, 441, 449, 450, 454
- CPart. 46
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Leonardi, Raúl Federico Domingo p.s.a. de estafas reiteradas en perjuicio de la Administración Pública — MorrisonCámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala B
- C. S.A. s/medida cautelar — intervención de la empresaCámara Criminal y Correccional Federal, Sala I · 12/04/2017
- Legajo de Apelación en autos Denunciante: Identidad Reservada, Imputado: Cardozo, Germán MauricioCámara Federal de Corrientes · 02/02/2021
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