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Cámara de Apelaciones

PAYES, JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor José Luis Payes promovió demanda contra la ANSES por reajustes de su haber previsional, en particular la actualización de la PBU, el tope de la prestación y la movilidad conforme la ley 27.609. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y dejó a cargo de la ANSES, vencida, las costas de ambas instancias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 008437/2025/CA001
Pbu Movilidad previsional Ley 27.609 Ley 24.241 Topes jubilatorios Confiscatoriedad Quiroga Italiano Costas previsionales Dnu 157/2018

¿Quién es el actor?

José Luis Payes.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional del beneficio N° 14-0-1234601-0-8, otorgado bajo la ley 24.241 con fecha de adquisición el 21/10/2022.

¿Qué se resolvió?

se modificó la sentencia apelada según los alcances del voto mayoritario, se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de la PBU, el voto de Larriera sostiene que: "Teniendo presente el origen de la suma fija, es que esta Cámara consideró plenamente aplicable para la redeterminación de las PBU otorgadas con posterioridad a la sanción de la ley 26.417, la doctrina dispuesta por la CSJN en autos 'Quiroga', debiendo recurrirse para su reajuste a la fórmula de cálculo prevista en el texto original de la ley 24.241." Por ello, el agravio de la ANSES fue desestimado.

Sobre la ley 27.609, se confirmó la solución adoptada en primera instancia siguiendo el precedente "Italiano", con actualización trimestral según la fórmula 50% IPC y 50% RIPTE, deducción de bonos y del incremento del 12,5% del dec. 274/2024.

Sobre los topes, se confirmó que la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 opera sólo si la aplicación resulta confiscatoria en los términos de "Actis Caporale". En cambio, se dejó sin efecto lo resuelto respecto del art. 14 de la resolución 06/09 SSS, porque el beneficio se adquirió en vigencia de la resolución 03/21 SSS.

En materia de costas, se remitió al criterio de la CSJN en "Morales, Blanca Azucena c/ Anses" y al precedente de esta Cámara "Lloret", aplicando el art. 36 de la ley 27.423 y el art. 68 del CPCCN.

¿Cómo votaron los jueces?

no hubo disidencia; la Dra. Silvia Mónica Fariña no suscribió por hallarse en uso de licencia o impedimento conforme art. 3° de la ley 23.482, sin que ello implique voto en contra.

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 20, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417art. 20 · Prestaciones previsionales
  • Resolución 06/09art. 14
  • Ley 27.609art. 1 · Indice de movilidad jubilatoria
  • Decreto 157/2018art. 3
  • Decreto 274/2024
  • Resolución 03/21
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 23.482art. 3 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • ItalianoCSJN · 27/05/2025
  • SpitaleCSJN
  • Padilla, María Teresa Méndez deCSJN · 29/04/2008
  • Mantegazza, Angel Alfredo c/ANSESCSJN · 14/11/2006
  • Morales, Blanca Azucena c/ AnsesCSJN · 22/06/2023
  • Lloret, Gabriel Juan c/ AnsesCNFed Bahía Blanca

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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