Incidente Nº 3 - DENUNCIANTE: ANEIVA MONTAÑO , JHOVANA Y OTROS IMPUTADO: MAMANI FERNANDEZ, JUAN GABRIEL Y OTROS s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala 3, resolvió no pronunciarse sobre el pedido de reconducción de un recurso extraordinario federal, por haberse canalizado la vía recursiva a través de un recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad. La decisión se fundó en lo informado por la defensoría oficial sobre lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Quién es el actor?
DESCONOCIDO (el documento no identifica a las partes; se trata de una causa penal identificada como CCC 31890/2020/TO1/3).
¿A quién se demanda?
DESCONOCIDO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO. El objeto del planteo es el pedido de reconducción del recurso extraordinario federal oportunamente rechazado por esta Sala.
¿Qué se resolvió?
Se resolvió que resulta innecesario expedirse sobre el pedido de reconducción del recurso extraordinario federal, en razón de lo informado por la defensoría oficial y de la presentación de un recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia, que canalizó la vía recursiva en el sentido indicado. Se ordenó registrar, notificar, comunicar y archivar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por recibido, en atención a lo informado por la defensoría oficial en punto a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a la posterior presentación de un recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia, habiendo canalizado la vía recursiva en el sentido indicado, resulta innecesario expedirse sobre el pedido de reconducción del recurso extraordinario federal oportunamente rechazado por esta Sala, y sobre cuya presentación de hecho se pronunció el Alto Tribunal, en uno de inconstitucionalidad, en los términos de los arts. 27 y 28 de la ley nº 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."
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Normas que cita
- Acordada 15
- Ley 402 (Caba)arts. 27, 28
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