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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 3 - DAMNIFICADO: CARUSO, INES ADRIANA IMPUTADO: DIAZ, IVAN DARIO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala 3, reconduxo la presentación de la defensa de Iván Darío Díaz como un recurso de inconstitucionalidad previsto en la ley nº 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y lo declaró inadmisible, al no demostrarse arbitrariedad ni cuestión constitucional o federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 3
Fuero
NACIONAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 000382/2020/TO01/3
Recurso de inconstitucionalidad Reconduccion Ley 402 caba Arbitrariedad Cuestiones de hecho y prueba Recurso extraordinario federal Femicidio Prision perpetua Art. 14 cp Ley 27.802.

¿Quién es el actor?

Defensa de Iván Darío Díaz.

¿A quién se demanda?

Ministerio Público / Estado (causa penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de reconducción de un recurso extraordinario federal, ya declarado inadmisible, en un recurso de inconstitucionalidad de la ley nº 402 de la CABA, tras la modificación del marco normativo por la ley nº 27.802 y los precedentes "Rodríguez Foster" y "Espíndola" de la Sala.

¿Qué se resolvió?

Reconducir la presentación como recurso de inconstitucionalidad (arts. 27 y siguientes de la ley 402) y declarar inadmisible el remedio, sin costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de lo expuesto, corresponde que corra la misma suerte la presentación formulada por la defensa en las presentes actuaciones y, de ese modo, evaluar si el recurrente ha satisfecho los requisitos exigidos por la norma mencionada al comienzo."

"...la parte recurrente no ha logrado demostrar satisfactoriamente la arbitrariedad alegada, sino que se ha remitido a la consideración de cuestiones de hecho y prueba (materia ajena al ámbito de intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), ni la existencia de alguna cuestión constitucional o federal, en los términos de los arts. 14 y 15 de la ley nº 48."

"En definitiva, corresponde declarar inadmisible el remedio interpuesto."

La reconducción se fundó en el voto del juez Jantus en el precedente "Espíndola", al que adhirió Grappasonno, y en lo resuelto por la CSJN en "Fernández, Jonathan Omar s/ incidente de recurso extraordinario" (21/5/2026).

Normas que cita

  • Ley 402 (Caba)arts. 27, 28
  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
  • Ley 27.384art. 23 · Codigo procesal penal
  • CPPNart. 23 · Codigo procesal penal
  • CParts. 14, 12, 29, 45, 79, 80 · Codigo penal
  • Acordada 15/13

Fallos que cita

  • EspíndolaCNCCC Sala 3
  • Rodríguez FosterCNCCC Sala 3
  • BucciarelliCNCCC Sala 3
  • Fernández, Jonathan Omar s/ incidente de recurso extraordinarioCSJN · 21/05/2026
  • FerrariCSJN · Fallos 347:2286

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