Incidente Nº 1 - IMPUTADO: RADKIEVICH , ARIEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Ariel Radkievich y de la firma Distribuidora Catai SRL fue declarado inadmisible por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal. La Cámara sostuvo que la resolución impugnada no constituye sentencia definitiva y que los agravios no plantean una cuestión federal ni demuestran arbitrariedad.
Actor (recurrente): defensa particular de Ariel Radkievich y de la firma Distribuidora Catai SRL.
¿A quién se demanda?
no aplica en los términos de un proceso civil; se trata de un recurso extraordinario federal en causa penal (CPE 529/2016/845/1), contra la resolución de esta Sala I que rechazó la queja (Reg. n° 871/26 del 14/08/2026).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
admisibilidad del recurso extraordinario federal previsto en el art. 14 de la Ley 48.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, con costas en la instancia (arts. 14 y 15 de la Ley 48 y 68, 69 y 257 del CPCCN). La decisión fue unánime.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios contenidos en la apelación federal no pueden habilitar la vía del art. 14 de la ley 48 pues -pese a la discrepancia manifestada por la parte recurrente- la resolución que se pretende impugnar no constituye sentencia definitiva ni es equiparable a tal categoría."
"el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en el presente caso sometido a control jurisdiccional no se advierte (Fallos: 306:136; 305:1694 y 147:371, entre otros)."
"no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de la admisión de la aludida doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el impugnante no consiguió probar en autos (Fallos: 311:1695)."
"la parte recurrente basó su impugnación en la reedición de agravios que tuvieron adecuada respuesta y en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada (Fallos 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros)."
El juez Slokar agregó que el impugnante no cumplió los recaudos de los arts. 14 y 15 de la Ley 48 y de la Acordada CSJN nº 4/2007, art. 3, incs. d) y e).
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Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 306:136CSJN
- Fallos 305:1694CSJN
- Fallos 147:371CSJN
- Fallos 311:1695CSJN
- Fallos 295:335CSJN
- Fallos 300:443CSJN
- Fallos 302:561CSJN
- Fallos 303:2012CSJN
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