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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 9 - IMPUTADO: PAZ, RUBEN DARIO s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación de la defensa pública oficial de Rubén Darío Paz, quien pedía su incorporación al régimen de salidas transitorias. La mayoría sostuvo que la decisión del tribunal de ejecución estaba razonablemente fundada en el control judicial de la etapa ejecutiva, mientras que el voto del juez Hornos, en disidencia, consideró que correspondía habilitar el egreso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSM 038071/2014/TO01/72/9/CFC062
Salidas transitorias Ejecucion penal Ley 24.660 Progresividad del regimen penitenciario Control judicial de la ejecucion Periodo de prueba Recurso de casacion Arbitrariedad Referente propuesta Reinsercion social.

Actor (recurrente): defensa pública oficial de Rubén Darío Paz, interno condenado.

Demandado (recurrido): Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín, que resolvió no hacer lugar a la incorporación de Paz al régimen de salidas transitorias (arts. 16 y 17 de la Ley 24.660 y 34 del Decreto 396/99, a contrario sensu).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incorporación de Paz al régimen de salidas transitorias, que la defensa sostuvo que cumplía los requisitos del art. 17 de la Ley 24.660 y del Decreto 396/99.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se rechazó el recurso de casación, sin costas en esta instancia (arts. 530 y 531 in fine del C.P.P.N.), y se tuvo presente la reserva del caso federal. La mayoría (Barroetaveña, en su voto, con adhesión de Slokar) consideró que la resolución impugnada tenía fundamentos suficientes, que los agravios sólo expresaban una discrepancia valorativa y que el rechazo se sustentaba en la falta de elementos suficientes para determinar que Paz había adquirido las herramientas necesarias para cumplir el compromiso de la referente propuesta. El juez Barroetaveña propuso inicialmente declarar inadmisible el recurso, aunque el dispositivo final lo rechaza.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el caso de autos, el juez de la instancia anterior realizó un correcto análisis de los informes agregados al legajo de ejecución y las divisiones, a su vez, fundaron sus respectivas opiniones en relación al pedido de incorporación a las salidas transitorias de Paz."

"En tales condiciones, no se cuenta -al menos por el momento- con elementos suficientes para determinar que Paz ha adquirido a lo largo del tratamiento penitenciario las herramientas -en particular las relativas a la referente propuesta- que le permitan cumplir con el compromiso que implica su incorporación al instituto en cuestión."

"Cabe recordar que los informes emanados de la autoridad penitenciaria, que actúan simplemente como asesores del tribunal, no son vinculantes para el juez a quien corresponde controlar su razonabilidad en virtud del principio de judicialización de la etapa ejecutiva de la pena."

¿Cómo votaron los jueces?

sostuvo que "el control judicial amplio y eficiente resulta ineludible" y que, conforme su criterio sobre el art. 17 de la Ley 24.660, el condenado en período de prueba puede acceder a salidas transitorias si cumple los requisitos legales; no prevaleció en la decisión final.

Normas que cita

  • Ley 24.660arts. 3, 4, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 · Pena privativa de la libertad
  • Decreto 396art. 34
  • Constitución Nacionalarts. 123, 404 inc. 2°, 456, 465 bis, 470, 471, 530, 531
  • CPPNarts. 123, 404, 444, 456, 465 bis, 470, 471, 530, 531 · Codigo procesal penal
  • Acordada 10/2025

Fallos que cita

  • Romero Cacharane, Hugo Alberto s/ejecuciónCSJN · 09/03/2004 · Fallos 327:388
  • Pinto Solis, Gerardo s/ recurso de casaciónCFCP Sala II · 19/11/2013
  • Miani, Cristian Fabián s/recurso de casaciónCFCP Sala IV · 04/11/1997
  • Campos, Claudio s/rec. de casaciónCFCP Sala IV · 02/04/1996
  • Robles Torres, Manuel A. s/rec. de casaciónCFCP Sala IV · 01/05/1998
  • Esperanza, Cristián W. s/rec. de casaciónCFCP Sala IV · 26/12/2000
  • Fallos 302:284CSJN
  • Fallos 304:415CSJN
  • Fallos 293:294CSJN
  • Fallos 299:226CSJN
  • Fallos 300:92CSJN
  • Fallos 301:449CSJN
  • Fallos 303:888CSJN
  • Fallos 306:362CSJN
  • Fallos 314:451CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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