OLIVERA, CLAUDIA ALEJANDRA c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL s/DESPIDO
La demanda por despido incausado promovida por la trabajadora contra el Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Acción Social reclamó indemnizaciones laborales y el incremento del art. 2 de la ley 25.323. La Cámara confirmó que el despido fue incausado, mantuvo el incremento del art. 2 y los certificados del art. 80 LCT, pero dejó sin efecto la tasa de interés de primera instancia para aplicar el régimen de actualización de la ley 27.802 y reguló nuevamente los honorarios.
¿Quién es el actor?
Claudia Alejandra Olivera.
¿A quién se demanda?
Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Acción Social.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de indemnizaciones derivadas de un despido directo dispuesto el 04/04/2017, invocando la trabajadora que la causal era inexistente.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó que el despido fue incausado, confirmó la procedencia del incremento del art. 2 de la ley 25.323 y la entrega de los certificados del art. 80 LCT. Modificó la sentencia en materia de intereses, dejando sin efecto la tasa fijada en grado y ordenando practicar la liquidación conforme al art. 55 de la ley 27.802 en la etapa del art. 132 LO. Dejó sin efecto los honorarios de primera instancia y regulo nuevamente los de la representación letrada de la actora, la demandada y la perito contadora, impuso las costas de alzada a la demandada y reguló los honorarios de alzada en el 30% de lo que corresponda por la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El pronunciamiento apelado tuvo por incausado el despido directo dispuesto el 04/04/2017 con sustento en que ninguna prueba obra en autos que acredite que la actora suministró la 'información sensible' de causas penales que se le imputó, en que la demandada no identificó a cuáles se refería ni probó el acto de 'espionaje' invocado y, subsidiariamente, en que aun en el mejor de los supuestos para la demandada, previo a decidir la máxima sanción del despido debió haber arbitrado los medios a su alcance para conservar el vínculo (art. 10 LCT)."
"Frente a ello, el escrito en estudio se encuentra lejos de cumplir el estándar requerido por el art. 116 LO, al carecer de una crítica concreta y razonada de los fundamentos del pronunciamiento."
"...no se encuentran agregados a la causa los certificados de trabajo ni consta acreditada su entrega a la actora, de modo que no se ha demostrado el cumplimiento de la obligación impuesta por la norma."
"No puede soslayarse en el caso que mediante el art. 55 de la ley 27.802 (BO del 06/03/2026) se diseñó para las causas en trámite un régimen específico de actualización, compuesto por una tasa de interés pasiva, pero con un 'piso' y un 'tope' que se activan según el resultado emergente del cálculo anterior..."
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Normas que cita
- Ley 25.323art. 2 · Contrato de trabajo
- Ley 27.802arts. 55, 217 · Ley de modernizacion laboral
- CPCCNarts. 68, 163, 277, 279, 377 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CCyCNarts. 730, 771 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Fallos 272:225CSJN
- Fallos 274:113CSJN
- Fallos 276:132CSJN
- Fallos 280:320CSJN
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