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Cámara de Apelaciones

ZERDA, CESAR ALONSO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor César Alonso Zerda reclamó contra Experta ART S.A. la indemnización por incapacidad laboral derivada de afecciones en columna cervical, columna lumbar y rodilla derecha. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, reconoció una incapacidad del 17,4% y mantuvo el régimen de actualización por RIPTE con interés puro del 6% anual del decreto 669/19.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA I
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 011565/2021/CA002
Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Incapacidad laboral Relacion causal Dictamen pericial medico Decreto 669/19 Actualizacion ripte Interes puro 6% Tasa activa banco nacion Ley 26.773.

¿Quién es el actor?

César Alonso Zerda.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad laboral derivada de afecciones en columna cervical, columna lumbar y rodilla derecha, vinculadas con las tareas desarrolladas para su empleadora, con la indemnización adicional prevista por el art. 3 de la ley 26.773.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de recursos y agravios, impuso las costas de alzada a la demandada y reguló honorarios de las representaciones letradas de ambas partes en el 30% de lo asignado en la instancia anterior. En la sentencia de grado se había determinado un capital de condena de $1.204.721,28, compuesto por $1.003.934,40 de prestación dineraria y $200.786,88 de indemnización adicional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Sala ya ha resuelto una controversia análoga a la que se edita en el presente proceso en autos 'Medina, Lautaro c/ Provincia ART S.A. s/recurso ley 27.348' (Expte. 4.140/2019/CA1, sentencia del 25/10/2022)... las indemnizaciones tarifadas por la ley de riesgos del trabajo tienen un sistema especial de valorización del capital, instituido por el decreto 669/19, que resulta aplicable con independencia de la fecha del accidente o de la primera manifestación invalidante (art. 3°, decreto 669/19)."

"...el capital de condena, determinado a valores vigentes a la fecha de toma de conocimiento del siniestro (20/3/2018), debe actualizarse conforme la variación del índice RIPTE hasta la liquidación prevista en el art. 132 L.O., con más un interés moratorio puro del 6% anual desde aquella fecha y hasta dicha liquidación; a partir de allí corresponde aplicar un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina hasta el efectivo pago."

"...resulta inapropiado acudir a una tasa bancaria como la activa para todo el período: esas tasas suelen contener también un mecanismo de recomposición del capital frente a la pérdida del valor de la moneda, lo que resultaría inadecuado y redundante cuando el capital ya se actualiza por un índice específico. Por ello es más correcto, durante ese tramo, aplicar una tasa de interés puro -en el caso, del 6% anual-, despojada de todo componente de actualización."

"...las argumentaciones vertidas por la recurrente no aportan elementos médicos o probatorios de entidad suficiente para justificar el apartamiento del dictamen pericial. El informe encuentra sustento en el examen clínico y en estudios complementarios objetivos, fue confrontado con las observaciones formuladas por la demandada y sus conclusiones fueron expresamente ratificadas por el experto."

"...valorados conjuntamente el dictamen médico, los estudios complementarios, los antecedentes administrativos y la restante prueba producida, no encuentro mérito para modificar lo decidido en grado respecto de la incapacidad física reconocida y su vinculación con las tareas desarrolladas por el actor."

Los honorarios de la representación letrada de la parte actora (17%) y del perito médico (8%) fueron confirmados por resultar adecuados.

Normas que cita

  • Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
  • Ley 27.348arts. 11, 12 · Riesgos del trabajo
  • Decreto 669art. 3
  • Decreto 658
  • Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
  • CCyCNart. 772 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 27.423arts. 16, 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.557

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