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Primera Instancia

VAZQUEZ, TOMAS ANIBAL c/ PROVINCIA ART S.A. -6- Y OTRO s/RECURSO LEY 27348

El actor apeló los dictámenes de la Comisión Médica Nº 10 que rechazaron la contingencia por enfermedad profesional y fijaron su incapacidad. El Juzgado rechazó los recursos por falta de prueba de la incapacidad, tras tener por desistida la pericia médica propia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 35
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 047215/2024
Enfermedad profesional Ley 24.557 Comision medica Incapacidad laborativa Apelacion de dictamen Carga de la prueba Pericia medica Desistimiento de prueba Acumulacion de causas Gendarmeria nacional.

¿Quién es el actor?

Tomás Aníbal Vázquez, sargento ayudante de Gendarmería Nacional.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (y Gendarmería Nacional como empleadora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revisión de los dictámenes de la Comisión Médica Nº 10 que determinaron que las patologías denunciadas (cervicobraquialgia bilateral, lumbociatalgia con discopatías, hipoacusia bilateral con acúfenos, várices en miembros inferiores y reacción vivencial anormal neurótica) no constituían enfermedad profesional, y que fijaron una incapacidad no compatible con la pretensión del actor. Primera manifestación invalidante: 1/1/2021.

¿Qué se resolvió?

se rechazan los recursos de apelación interpuestos contra cada dictamen, y se confirman los dictámenes de la Comisión Médica Nº 10 en todo lo que fue materia de apelación. Costas en el orden causado. Honorarios: 5 UMAS (representación actora), 8 UMAS (representación demandada) y 2 UMAS (perita médica).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, los pleitos los decide la prueba y no las manifestaciones unilaterales de los litigantes."

"La carga de la prueba es el peso que tienen las partes de activar las fuentes de prueba para demostrar los hechos que fueran afirmados..." (Dr. Enrique M. Falcón, "Tratado de la Prueba", Editorial Astrea, 2003).

Se sostiene que el actor "no produjo ningún medio de prueba idóneo que permita al sentenciante considerar acreditado la existencia de un daño que resulte resarcible, requisito éste que resulta insoslayable... (art. 1068 Código Civil)".

Se tuvo por desistida la pericia médica propia, al no cumplir el actor con la intimación del 16/06/2026 para completar los estudios solicitados por la perita, decisión que no fue impugnada.

"...la ausencia de prueba de la incapacidad laborativa torna innecesario el análisis de las restantes cuestiones planteadas..." (conf. art. 386 CPCCN).

Normas que cita

  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • CCart. 1068
  • CPCCNarts. 68, 386 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 340

Fallos que cita

  • Falcón, Enrique M. "Tratado de la Prueba"

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