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Primera Instancia

Incidente N° 12 - IMPUTADO: PIÑEROS GARZÓN, RHONNY JOEL s/INCIDENTE DE AUTORIZACION DE SALIDA

El imputado Rhonny Joel Piñeros Garzón, sujeto a prohibición de salida del país desde 2023, solicitó autorización para viajar a Río de Janeiro para visitar a un familiar en grave estado de salud. El Juzgado Penal Económico N° 2 concedió la autorización de viaje, condicionada a la presentación previa de los pasajes y de un acta de compromiso de retorno.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO PENAL ECONOMICO 2 - SECRETARIA Nº 4
Fuero
NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CPE 001188/2022/12
Autorizacion de viaje Prohibicion de salida del pais Caucion juratoria Estar a derecho Incidente penal Ministerio publico fiscal Lex 100 Art. 288 c.p.p.n. Riesgo de fuga Entorpecimiento de la investigacion.

Actor/Solicitante: Rhonny Joel Piñeros Garzón, por intermedio de su defensa.

Demandado/Parte contraria: No corresponde (incidente de autorización de salida del país en causa penal; intervino el Ministerio Público Fiscal, representado por la Fiscalía Nacional en lo Penal Económico N° 7, que dictaminó favorablemente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Autorización para ausentarse del país desde el 12/10/2026 hasta el 16/10/2026, con destino a Río de Janeiro, Brasil, para visitar a un familiar con grave estado de salud, alojándose en el Hotel Ibis Copacabana Posto 2.

¿Qué se resolvió?

Se concede la autorización de viaje bajo caución juratoria, supeditada a que, antes del inicio del viaje, se acompañen al sistema Lex 100 los pasajes de ida y vuelta y un acta de compromiso de retorno al país dentro de las 48 horas de ingreso, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su captura en caso de incumplimiento injustificado (art. 288 C.P.P.N.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a la solicitud efectuada y a lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, no se advierten motivos fundados que permitan presumir que el viaje solicitado tenga por finalidad eludir el accionar de la justicia o entorpecer la investigación."

"En ese sentido, el nombrado se encuentra a derecho en las presentes actuaciones y la defensa informó de manera concreta el destino, las fechas del viaje y el lugar en el que permanecerá alojado."

"Asimismo, y conforme fue señalado por la representación del Ministerio Público Fiscal, la autorización quedará supeditada a que, con carácter previo al inicio del viaje, se acompañen los pasajes correspondientes a las fechas y destino autorizados."

Se considera que la prohibición de salida dispuesta el 5/12/2023 ya fue ponderada en una autorización anterior dentro de este incidente.

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