JurisprudenciaARG
Primera Instancia

PARTIDO LABORISTA NRO. 321 - DISTRITO BUENOS AIRES s/CONTROL DE ESTADO CONTABLE - EJERCICIO ECONÓMICO 01-01-2021 AL 31-12-2021

El Partido Laborista solicitó la aprobación de sus estados contables correspondientes al ejercicio 2021, en el marco del control que realiza la Justicia Electoral sobre el financiamiento partidario. El Juzgado Criminal y Correccional Federal de La Plata 1 aprobó los estados contables y dispuso el archivo de los expedientes acumulados correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CRIM. Y CORR. FEDERAL DE LA PLATA 1 - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO BUENOS AIRES)
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 003373/2022
Estados contables Ley 26.215 Financiamiento partidario Control contable Aportes publicos Partido laborista Ejercicio 2021 Aprobacion Archivo Justicia electoral.

¿Quién es el actor?

Partido Laborista (Distrito Buenos Aires), a través de su apoderado partidario.

¿A quién se demanda?

No corresponde, se trata de un procedimiento de control de estados contables.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aprobación de los Estados Contables del ejercicio económico comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, presentados conforme a la Ley 26.215.

¿Qué se resolvió?

Aprobar los Estados Contables presentados por el "Partido Laborista", correspondientes al ejercicio económico 2021, y disponer el archivo de los Expedientes CNE 3369/2022 y CNE 3371/2022, correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020, acumulados a estas actuaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en consecuencia de los hasta aquí expuesto, atento lo dictaminado por el Perito Contador interviniente en autos a fs. 36/41 y por la señora Fiscal Federal a fs. 48, y no habiéndose presentado hasta la fecha observaciones o impugnaciones por parte de terceros, ni surgiendo la comisión de infracciones contempladas en la ley 26.215, corresponde disponer la aprobación de los Estados Contables analizados en estos actuados (art. 44 inc.2 ap. "c" del Código Electoral Nacional y art. 12 inc. II ap. "c" de la ley 19.108)."

"No es ocioso recordar aquí que si bien este Juzgado ha dispuesto en el Expte. CNE 6345/2021, a fs. 76/81, la desaprobación de los informes de recursos y gastos de campaña correspondientes a la participación del partido en las elecciones primarias del 12 de septiembre de 2021, los motivos de la misma, tal como surge de dicha sentencia, se han referido a la falta de apertura de cuenta bancaria de la lista, y en deficiencias en la acreditación del pago de gastos de la campaña aludida que se declararon efectuados en el ejercicio 2022, por lo cual, no mereciendo objeción en este caso la información contable volcada en los Estados Contables presentados en estos actuados, tal como lo ha señalado la perito, no se advierte óbice para su aprobación."

"Que, en relación a la obligación prevista en el art. 12 de la ley 26.215, primer párrafo, en cuanto exige destinar a la realización de actividades de capacitación de un mínimo de un 20% del total de fondos percibidos en concepto de aportes público para desenvolvimiento institucional, debe tenerse presente que, el perito indica que de la información obrante en esa sede, suministrada por la DINE y de los extractos bancarios acompañados, el partido no cobró efectivamente aportes para desenvolvimiento institucional, no se encontraría obligado a destinar fondos en estas actividades. En consecuencia, la agrupación cumple con lo establecido por la normativa vigente."

"Que, según la doctrina sentada por la Excma. Cámara Nacional Electoral... corresponde a la Justicia Electoral ejercer el control de que los aportes extraordinarios para gastos no electorales que se asignen en virtud del art. 7° inc. "a" de la ley 26.215, sean destinados por parte de la agrupación a la finalidad para la que hubieren sido otorgados... En el caso de autos, surge de lo informado por la Dirección Nacional Electoral... que al partido no se le asignaron durante el ejercicio en examen aportes comprendidos en el art. 7 inc. "a" de la ley 26.215."

Normas que cita

  • Ley 26.215arts. 7, 12, 24, 25, 40, 59, 65 · Ley de financiamiento de los partidos politicos
  • Ley 19.108art. 12 · Camara federal y contencioso-administrativo
  • CPCCNart. 403 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • CNE 4174/09CNE
  • CNE 5260/14CNE
  • CNE 5478/15CNE
  • CNE 1602/2015/1/CA1CNE · 10/05/2016
  • CNE 6345/2021Juzgado Crim. y Corr. Federal de La Plata 1

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.