COLMEGNA, DANILO RENE Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Se promovió demanda por el personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria reclamando la incorporación con carácter remunerativo y bonificable de suplementos del Decreto 836/08 a su sueldo y el pago de diferencias salariales. La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala V, rechazó el recurso de apelación del Estado Nacional y confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, con la limitación temporal fijada por el Decreto 142/22.
¿Quién es el actor?
Danilo Rene Colmegna y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Seguridad - Policía de Seguridad Aeroportuaria).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación con carácter remunerativo y bonificable, al concepto de sueldo, de las compensaciones y suplementos previstos por el Decreto 836/08 "por vivienda", "vestimenta", "racionamiento" y "zona", y pago de las diferencias salariales resultantes hasta el efectivo pago y/o retiro.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de la parte accionada y se confirmó la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios. Las costas de esta instancia se impusieron a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...las circunstancias de esta causa son sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala en los Expedientes nros 15657/20 'Oliva Hidalgo, Valeska Micaela y otros c/ EN- Mº de Seguridad – PSA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg', sentencia del 2/11/22; 67.645/2018 'Faciano, Julio Antonio c/ En - M Seguridad - PSA s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg', sentencia del 18 de mayo de 2021; 70.099/2018 'Prince, Ricardo Javier c/ EN-M Seguridad-PSA s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', sentencia del 2/2/21, entre otros. En consecuencia, cabe rechazar los agravios de la demandada y confirmar la sentencia apelada en dicho sentido."
"...por el artículo 15 del Decreto nro. 142/22 se estableció lo siguiente: 'Deróganse, a partir del 1º de abril de 2022, los suplementos particulares "Por Actividad Riesgosa" y "Por Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria"...'. En consecuencia, y a todo evento, el reconocimiento propiciado de los suplementos y asignaciones examinados en esta causa, estarán sujetos a la limitación temporal establecida por el artículo 14 del Decreto n° 142/22."
"...deberán considerarse como remunerativas y/o bonificables solo aquellas compensaciones y/o suplementos y/o incrementos salariales correspondientes al decreto 836/08 y modificatorios, peticionados en la demanda y que figuren efectivamente en los recibos de haberes de los accionantes agregados a la causa. Es en dichos términos que cabe hacer lugar a la presente acción."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Decreto 836
- Decreto 142arts. 14, 15
Fallos que cita
- Oliva Hidalgo, Valeska Micaela y otros c/ EN- Mº de Seguridad – PSACNCAF Sala V · 02/11/2022
- Faciano, Julio Antonio c/ EN - M Seguridad - PSACNCAF Sala V · 18/05/2021
- Prince, Ricardo Javier c/ EN-M Seguridad-PSACNCAF Sala V · 02/02/2021
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.