JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

RANIERI ARGENTINA SA (TF 90546892-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Ranieri Argentina S.A. promovió recurso directo contra la Dirección General de Aduanas en un proceso en el que se regularon honorarios de los profesionales de la parte actora y de la demandada. La Cámara modificó la regulación de honorarios de primera instancia, reduciendo los emolumentos de los copatrocinantes de la actora a 1,33 UMA para cada uno, y fijó los honorarios de la representación de la demandada en 1,11 UMA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 004035/2024/CA002
Regulacion de honorarios Recurso directo Ley 27.423 Uma Copatrocinio Direccion general de aduanas Costas Resolucion sga 2372/2026 Iva sobre honorarios Camara contencioso administrativo federal.

¿Quién es el actor?

Ranieri Argentina S.A. (TF 90546892-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo de organismo externo; en esta instancia, cuestiones de regulación de honorarios profesionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la regulación de honorarios efectuada a fojas 535/536 y redujo los emolumentos de la Dra. Ana Julia Gottifredi y del Dr. Marcelo Antonio Gottifredi, copatrocinantes de la parte actora, a 1,33 UMA para cada uno (equivalente a $140.968,03), a cargo de la parte demandada, conforme a la imposición de costas de fojas 349/369. Asimismo, fijó los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte demandada en 1,11 UMA (equivalente a $117.650,01), a cargo de la parte actora, conforme a la imposición de costas de fojas 502/504. Aclaró que los importes no incluyen IVA, que deberá depositarse juntamente con el pago si corresponde.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los emolumentos se fijaron "en función de la naturaleza del proceso, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido ante la anterior instancia" (conf. arts. 16, 20, 21, 29, 30, 58 y ccdtes. de la Ley N° 27.423 y Resolución SGA N° 2372/2026). Para la regulación de la parte demandada se consideraron "las mismas consideraciones y... la labor cumplida ante esta Alzada". No hay votos en disidencia.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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