EN-M ECONOMIA-SECRETARIA INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO c/ HEALTH MEDICAL SA-EXPTE 31066636/17 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala V, en un incidente de regulación de honorarios dentro de un proceso de conocimiento iniciado por el Estado Nacional (Ministerio de Economía, Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo) contra Health Medical S.A., confirmó la regulación de honorarios practicada en primera instancia a favor de las letradas intervinientes. El tribunal aclaró que los importes no incluyen IVA, que deberá depositarse en caso de que la beneficiaria acredite su condición de responsable inscripto.
¿Quién es el actor?
ESTADO NACIONAL - Ministerio de Economía - Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo (EN-M Economía-Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo).
¿A quién se demanda?
HEALTH MEDICAL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
proceso de conocimiento (expediente 31066636/17). El fallo no describe el reclamo de fondo.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la regulación de honorarios practicada a fojas 102 a favor de las Dras. Lucía Izraelski y Julia Luz Borzone, por su actuación en la anterior instancia. Además, dejó aclarado que los importes no incluyen IVA; si la beneficiaria acredita su condición de responsable inscripta, la obligada deberá depositar ese tributo junto con el pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"en función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido en la anterior instancia por la Dra. Lucía Izraelski y la Dra. Julia Luz Borzone, corresponde confirmar la regulación de honorarios practicada a fojas 102 (conf. arts. 16, 20, 21, y ccdtes. de la Ley Nº 27.423 y la Resol. SGA Nº 2372/26)." Respecto del IVA: "no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a ese tributo, juntamente con el monto del pago." Se deja constancia de que la Vocalía Nro. 15 de la Sala se encuentra vacante (art. 109 del RJN).
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Normas que cita
- Ley 27.423arts. 16, 20, 21 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Resolución 2372/26
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