BEST TECH SRL (TF 110385417-I) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal elevó los honorarios regulados en primera instancia a favor de los letrados del Fisco Nacional y de la perito contadora en una causa de recurso directo promovida por BEST TECH S.R.L. contra la DGA. Los emolumentos fueron aumentados porque la apelación cuestionaba únicamente que habían sido fijados en montos bajos.
¿Quién es el actor?
BEST TECH S.R.L. (TF 110385417-I).
¿A quién se demanda?
DGA (Fisco Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso directo de organismo externo, en el marco de un incidente de beneficio de litigar sin gastos.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la regulación de honorarios del punto 3º del pronunciamiento del Tribunal Fiscal de la Nación del 21/05/2026, elevando a 2,06 UMA ($218.341,46) los honorarios del letrado patrocinante del Fisco Nacional y a 0,82 UMA ($86.912,62) los del letrado apoderado. Asimismo, modificó el punto 4º, elevando a 2 UMA ($211.982) los honorarios de la perito contadora Tatiana Sgroi. Las costas de los honorarios quedaron a cargo de la parte actora, y los importes no incluyen IVA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"…en función de la naturaleza del proceso, el resultado obtenido … y teniendo en cuenta la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional desarrollado en las etapas cumplidas por ante la instancia de grado por la representación fiscal es que corresponde MODIFICAR los honorarios regulados en su favor … Ello, toda vez que los emolumentos regulados en la instancia de grado fueron apelados únicamente por considerarse 'bajos'."
"…en función de la naturaleza y la extensión del trabajo profesional cumplido por la perito contadora Tatiana Sgroi conforme actuación de fs. 143, es que corresponde MODIFICAR la regulación de honorarios practicada en favor de la mencionada … Ello, teniendo en cuenta que los honorarios regulados en la instancia de grado fueron apelados únicamente por considerarse 'bajos'."
"…en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos deberá, en su caso, depositar el importe correspondiente al mentado tributo en el momento del pago, en caso de corresponder."
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Normas que cita
- Ley 27.423arts. 16, 20, 21, 22, 24, 25, 29 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Resolución 2372/2026
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