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Corte Suprema

PEREZ ROVETTA VICTORIA LAURA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO

La actora promovió amparo contra el Estado Nacional para obtener la inconstitucionalidad de los arts. 11 del decreto 471/02 y 11 del decreto 1873/02, que convirtieron sus bonos de consolidación en dólares en bonos en pesos. El Procurador General dictaminó que la causa corresponde a la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, por no operar el fuero de atracción sucesorio al tratarse la actora de heredera que reclama un derecho propio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1374. XXXIX. COM
Contienda negativa de competencia Fuero de atraccion Juicio sucesorio Amparo Bonos de consolidacion Ley 24.411 Decreto 471/02 Decreto 1873/02 Estado nacional Competencia federal contencioso-administrativa

¿Quién es el actor?

Victoria L. Pérez Rovetta.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de los arts. 11 del decreto 471/02 y 11 del decreto 1873/02, que dispusieron la conversión de bonos de consolidación en dólares estadounidenses en bonos en pesos; la actora es titular de esos bonos por el beneficio de la ley 24.411.

¿Qué se resolvió?

el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 se declaró incompetente por considerar que los bonos estaban a la orden del Juzgado Civil y Comercial N° 4 de La Plata en un sucesorio; la jueza provincial también se declaró incompetente por ser parte el Estado Nacional. Trabada la contienda negativa, el Procurador General dictaminó a favor de la competencia federal contencioso-administrativa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en el sub lite, no operaría el fuero de atracción de los juicios sucesorios, pues no se configura el supuesto contemplado en el art. 3284, inc. 4°, del Código Civil, desde que, según se desprende de los términos de la demanda, (...) ella no fue incoada por un acreedor contra el causante, sino que la actora reviste la calidad de heredera en el citado sucesorio, siendo el objeto principal del proceso obtener en efectivo o en bonos de consolidación la suma nominal equivalente al beneficio otorgado originariamente en dólares estadounidenses."

La causa guarda "sustancial analogía" con el precedente Comp. 131, XXXVIII, "Melli, Hugo Ariel c/Banco Río de la Plata s/acción de amparo", cuya opinión fue compartida por la Corte el 18 de julio de 2002.

Conclusión: "el presente proceso corresponde a la competencia de la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, por intermedio del Juzgado N° 12 que previno."

Normas que cita

  • Ley 24.411Desaparicion de personas
  • Decreto 471art. 11
  • Decreto 1873art. 11
  • CCart. 3284
  • Constitución Nacionalart. 116
  • Decreto-ley 1285art. 24 inc. 7
  • CPCCNarts. 4, 5 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 340

Fallos que cita

  • Vergara Rita Roca c/P.E.N. ley 25.561 Dtos. 1570/01, 214/02 y otros s/amparoPGN · 03/09/2003
  • Melli, Hugo Ariel c/Banco Río de la Plata s/acción de amparo y medida cautelarCSJN · 18/07/2002
  • Rodríguez Rossi Ernesto Juan José y Rodríguez Rossi Enrique Manuel s/sucesión ab-intestatoJCC4 La Plata

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