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Corte Suprema

CARRASCO HECTOR RODOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los actores reclamaron el reajuste de sus haberes previsionales y el plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con el alcance fijado en los precedentes Perletto (Fallos: 325:98) y Aguilar (Fallos: 325:1185).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 144. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Haberes jubilatorios Anses Cumplimiento de sentencia Plazo de pago Modalidades de cumplimiento Tasa pasiva de interes Recurso ordinario Seguridad social Fallos 325:98 (perletto) Fallos 325:1185 (aguilar)

¿Quién es el actor?

Héctor Rodolfo Carrasco, Mario Abel Fabián, Ana Osso, Pedro Mario Pesce y Mario Omar Reinoso.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales; cuestiones vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste, y con la tasa pasiva de interés aplicable.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que los agravios vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Dispositivo: "Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • CPCCNCodigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185

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