GRUMAQ S.R.L. c/ PGM S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
El Estado Nacional (Ministerio de Economía) dedujo recurso de hecho contra la denegatoria de un recurso extraordinario en la causa Grumaq S.R.L. c/ Petroquímica General Mosconi S.A. La Corte Suprema declaró procedente la queja y el recurso extraordinario, dispuso la suspensión del curso del proceso y eximió a la recurrente del depósito previsto en el art. 286 del CPCCN, sin pronunciarse sobre el fondo.
¿Quién es el actor?
Grumaq S.R.L.
¿A quién se demanda?
Petroquímica General Mosconi S.A.
Recurrente: Estado Nacional (Ministerio de Economía)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el fallo no lo describe)
¿Qué se resolvió?
Se declara procedente el recurso extraordinario y se suspende el curso del proceso, sin pronunciamiento sobre el fondo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que atento a lo solicitado a fs. 62/62 vta. y a que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en esta presentación directa pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso (Fallos: 295:658; 297:558; 308:249 y 317:1447, entre otros)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47
Fallos que cita
- Fallos 295:658CSJN
- Fallos 297:558CSJN
- Fallos 308:249CSJN
- Fallos 317:1447CSJN
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