JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TRIPOLI SUSANA CRISTINA c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO s/ORDINARIO

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario de la actora y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, por remisión a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal. Ordenó el dictado de un nuevo fallo con arreglo a lo expresado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 52. XXXIX. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Remision al dictamen del procurador fiscal Dejar sin efecto Nuevo fallo Costas Estado nacional Camara federal de apelaciones de mendoza Tripoli

¿Quién es el actor?

Susana Cristina Trípoli (parte recurrente en la queja, con el patrocinio de Mariano A. Cavagna Martínez y Gabriel Flores Argüello).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional Argentino.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la resolución, que sólo refiere a la causa y al recurso de hecho.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la decisión apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razón de brevedad."

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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