ACOSTA VERA MARIO CESAR c/ FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A. s/DAÑOS Y PERJUICISO
El actor Mario César Acosta Vera promovió demanda por daños y perjuicios contra Ferrocarriles Metropolitanos S.A., y falleció durante el proceso. El titular del Juzgado Nacional en lo Civil N° 75 se declaró incompetente por fuero de atracción sucesorio, generando un conflicto negativo con el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 12 de Lomas de Zamora; la Procuración General opinó que corresponde declarar competente al juzgado nacional para las actuaciones principales y al juzgado provincial para la ejecución de honorarios.
¿Quién es el actor?
Mario César Acosta Vera (fallecido durante el trámite).
¿A quién se demanda?
Ferrocarriles Metropolitanos S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
que corresponde dirimir la contienda declarando competente al Juzgado Nacional en lo Civil N° 75 para las actuaciones principales y al juzgado provincial para el trámite de ejecución de honorarios. Se trata de un dictamen; la decisión final corresponde a la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el caso, se da la particular circunstancia de que el actor, hoy fallecido, tuvo favorable acogida de su demanda, pero fue condenado parcialmente en cuanto a las costas, las cuales son ejecutadas por un letrado de la causa. En tal situación, toda vez que sólo en este aspecto es deudor, es razonable la decisión del magistrado provincial que ordenó extraer copias exclusivamente de las partes que hacen al incidente en el cual el actor es responsable por el pago de honorarios, desde que en tal extremo no existe impedimento para que el juzgado provincial continúe conociendo en el proceso ejecutivo."
"No ocurre lo mismo con los autos principales, toda vez que en ellos reviste la condición de acreedor y el fuero de atracción del sucesorio no funciona en forma activa (Fallos: 311:2186) por lo que deberán continuar radicados ante la justicia de esta ciudad."
"...el juicio sucesorio atrae las acciones por deudas personales del difunto sobre la base de que las normas que rigen el fuero de atracción de la sucesión son imperativas o de orden público, pues tienden a facilitar la liquidación del patrimonio hereditario tanto en beneficio de los acreedores como de la sucesión (Fallos: 312:1625)."
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Normas que cita
- CCart. 3284
- Ley 21.708
- Decreto-ley 1285art. 24
Fallos que cita
- Fallos 311:2186CSJN
- Fallos 312:1625CSJN
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