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Corte Suprema

FRIGORIFICO GANADERO S.A. c/ ESTADO NACIONAL (M° DE ECONOMIA) Y OTRO Y OTRO s/JUICIO DE CONOCIMIENTO

Los ejecutantes reclamaron el cobro de honorarios profesionales contra el Estado Nacional. La Corte Suprema revocó las sentencias apeladas y declaró que esas ejecuciones quedan comprendidas en el régimen de consolidación de la ley 23.982, remitiendo a los fundamentos de la causa Moschini.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 10. XXVI. REX
Consolidacion de deudas Ley 23.982 Honorarios profesionales Ejecucion contra el estado nacional Recurso extraordinario Ley 48 art. 16 Cosa juzgada por remision Moschini Costas por su orden Regimen de consolidacion.

¿Quién es el actor?

Frigorífico Ganadero S.A. y los demás profesionales ejecutantes agrupados en las causas acumuladas (entre ellos Liporace, Ungar, Sarrabayrouse Varangot, Verrier, Betitto de Olivera, Cartellone, Petrosur S.A.I.C., Tamini, Guerrero, Domínguez, entre otros).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía y otros organismos según cada causa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de honorarios y créditos reclamados por vía de juicio de conocimiento o ejecución contra el Estado Nacional.

¿Qué se resolvió?

la mayoría declaró procedentes los recursos extraordinarios, revocó las sentencias apeladas y declaró que las ejecuciones se encuentran comprendidas en el ámbito de la ley 23.982, con costas por su orden. Los Dres. Belluscio, Petracchi, López y Moliné O'Connor votaron en disidencia, por confirmar las sentencias apeladas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las presentes causas son sustancialmente análogas a la resuelta por esta Corte el 28 de julio de 1994 in re: M.333.XXIV 'Moschini, José María c/ Fisco Nacional (A.N.A.) s/ cobro de pesos', a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad." Los votos de Boggiano y Bossert adhieren a esa remisión, agregando que los honorarios se encuentran incluidos en el régimen de consolidación de la ley 23.982. Costas por su orden por la dificultad del texto legal y la complejidad de la cuestión debatida (Fallos: 249:436).

Normas que cita

  • Ley 23.982Deuda publica
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Moschini, José María c/ Fisco Nacional (A.N.A.) s/ cobro de pesosCSJN · 28/07/1994
  • Fallos 249:436CSJN

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