BENEDIT ALFREDO JAVIER c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/JUICIO DE CONOCIMIENTO
Benedit promovió juicio de conocimiento contra el Banco Central de la República Argentina por un crédito pendiente de cobro. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y declaró que el crédito se encuentra comprendido en el régimen de la ley 23.982, remitiéndose a los fundamentos del precedente Cardinale.
¿Quién es el actor?
Alfredo Javier Benedit.
¿A quién se demanda?
Banco Central de la República Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de un crédito reconocido en juicio de conocimiento.
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se declaró que el crédito reclamado está comprendido en el régimen de la ley 23.982, a cuyas disposiciones deberá someterse el acreedor para su percepción. Las costas se impusieron en el orden causado por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en el sub lite, resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas por esta Corte en la causa C.373.XXV. 'Cardinale, Miguel Angel c/ B.C.R.A. s/ incidente de ejecución de sentencia', sentencia del 17 de noviembre de 1994, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
El vicepresidente Moliné O'Connor votó por revocar la sentencia "con el alcance que resulta de la presente" e impuso las costas en el orden causado en razón de la complejidad de la cuestión. El ministro Boggiano coincidió en la revocación y en que el crédito está comprendido en la ley 23.982, pero impuso las costas al vencido. Ambas posturas constituyen disidencias parciales respecto de la imposición de costas, no de la decisión principal.
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Normas que cita
- Ley 23.982Deuda publica
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Cardinale, Miguel Angel c/ B.C.R.A. s/ incidente de ejecución de sentenciaCSJN · 17/11/1994
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