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Corte Suprema

ROLDAN RAUL GUSTAVO s/P.S.A. ENCUBRIMIENTO CALIFICADO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el fiscal general y dejó sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, ordenando que se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto. La decisión se fundó en remitir a las consideraciones de Fallos 319:209, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 641. XXXIX. REX
Encubrimiento calificado Recurso extraordinario Sentencia dejada sin efecto Fallos 319:209 Remision a precedente Ministerio publico fiscal Tribunal superior de justicia de cordoba Inadmisibilidad art. 280 cpccn Nuevo fallo.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (fiscal general Carlos Alberto Baggini), recurrente en el recurso extraordinario.

¿A quién se demanda?

Raúl Gustavo Roldán, imputado en la causa por encubrimiento calificado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba en la causa penal seguida a Roldán por encubrimiento calificado.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar nuevo fallo. Petracchi y Zaffaroni, en disidencia, declararon el recurso inadmisible por aplicación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones debatidas en el sub lite son sustancialmente análogas a las tratadas por este Tribunal en Fallos: 319:209, a cuyas consideraciones y fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad." La disidencia sostuvo: "Que el recurso extraordinario concedido a fs. 40/46 vta., es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Esta última es la posición minoritaria, expuesta como disidencia y no como decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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