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Corte Suprema

BILOTTA RODOLFO PASCUAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor Rodolfo Pascual Bilotta reclamó el reajuste de su haber previsional frente a la ANSeS, en un caso que discutía la limitación de recursos y el plazo de cumplimiento de la sentencia previstos en la ley 24.463. La Corte declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a los precedentes Perletto y Torres Brizuela.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 4006. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Ley 24.463 Limitacion de recursos Cumplimiento de sentencia Ley de solidaridad previsional Honorarios de perito contador Desercion de recurso Anses Precedente perletto Precedente torres brizuela

¿Quién es el actor?

Rodolfo Pascual Bilotta.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con el alcance fijado en el precedente "Perletto, Ricardo Alberto". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463) y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23, ley 24.463), resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Respecto del artículo 21 de la ley de Solidaridad Previsional: "los agravios del organismo previsional al respecto, son una mera discrepancia con lo resuelto, ya que no controvierten de un modo específico los fundamentos en los que se basó el a quo para arribar a su decisión, circunstancia que impide su consideración y conduce a declarar la deserción sobre el punto."

"Los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 478 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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