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Corte Suprema

ALDEA ADELA ZULEMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que reajustó los haberes jubilatorios de la actora y aplicó la doctrina de Perletto sobre la limitación de recursos de los artículos 16 y 17 de la ley 24.463. Los agravios de la ANSeS sobre la liquidación practicada por perito de oficio y sobre la tasa de intereses fueron desestimados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 488. XXXIX. ROR
Limitacion de recursos Ley 24.463 Articulos 16 y 17 Haberes jubilatorios Reajuste de haberes Movilidad Perito de oficio Liquidacion Intereses Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Adela Zulema Aldea (jubilada).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de los haberes jubilatorios de la actora.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y se confirmó la sentencia apelada, con el alcance fijado en el precedente "Perletto". Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463), resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: los agravios de la ANSeS vinculados con "la confección de la liquidación de las diferencias en los habere s jubilatorios de la actora por un perito de oficio, resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por este Tribunal en la causa G.55.XXXVII 'Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 24 de octubre de 2002, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 3°: "cabe desestimar los agravios en torno a la tasa de los intereses ya que no guardan relación con lo resuelto por el a quo, que sobre el punto hizo lugar a los agravios expuestos por la demandada y resolvió conforme a lo peticionado."

Nota: el fallo es breve y remite a precedentes; no contiene fundamentación autónoma extensa.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
  • Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002

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