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Corte Suprema

TREBOLLE ROBERTO SERAFIN Y OTROS c/ CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA s/JUICIO DE CONOCIMIENTO

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de docentes del Consejo Nacional de Educación Técnica que reclamaban diferencias salariales por mantener constante la relación entre la hora de cátedra y el cargo de maestro de enseñanza primaria. Remitiendo al precedente Pazos, confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y revocó el rechazo de la Cámara.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 154. XXIX. REX
Diferencias salariales Docentes Conet Hora de catedra Maestro de ensenanza primaria Jornada simple Recurso extraordinario Remision a precedente Costas Relacion salarial

¿Quién es el actor?

Roberto Serafín Trebolle y otros (docentes del CONET).

¿A quién se demanda?

Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias salariales, por determinado período, resultantes de mantener constante la relación existente entre la hora de cátedra y el cargo de maestro de enseñanza primaria de jornada simple.

¿Qué se resolvió?

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal había revocado la sentencia de primera instancia y rechazado la demanda, remitiendo al precedente "Bossio". La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, confirmó la sentencia apelada (que había hecho lugar a la demanda) y impuso las costas en el orden causado según el art. 68 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada presenta sustancial analogía con la debatida y resuelta en la causa: P.544.XXIX. 'Pazos, Eliana Beatriz c/ Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET) s/ juicio de conocimiento', fallada el 20 de abril de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas (art. 68, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Acompáñese copia del precedente citado."

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Pazos, Eliana Beatriz c/ Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET) s/ juicio de conocimientoCSJN · 20/04/1995
  • Bossio, Nicolás Francisco y otros c/ C.O.N.E.T. s/ juicio de conocimientoCNCAF Sala I · 31/08/1993

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