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Corte Suprema

GARCIA FEDERICO GONZALO JAVIER s/HURTO EN GRADO DE TENTATIVA -CAUSA N°1963-

El recurso directo articulado por la defensa de Federico Gonzalo Javier García, que cuestionaba la constitucionalidad del artículo 52 del Código Penal (reclusión por tiempo indeterminado), fue examinado por la Procuración General. Se dictamina que corresponde rechazarlo, por tratarse de una cuestión ya resuelta por la Corte en Fallos: 324:2153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 561. XL. RHE
Reclusion por tiempo indeterminado Articulo 52 codigo penal Principio de culpabilidad Ne bis in idem Medida de seguridad Derecho penal de acto Recurso directo Recurso extraordinario Doctrina de fallos 324:2153 Hurto en grado de tentativa.

Actor (recurrente): Federico Gonzalo Javier García, por intermedio de su defensa técnica.

¿A quién se demanda?

Ministerio Público / Estado Nacional (acusación penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la constitucionalidad del artículo 52 del Código Penal, por considerar que la reclusión por tiempo indeterminado vulnera los principios de culpabilidad y ne bis in idem.

¿Qué se resolvió?

Rechazar la presentación directa. Se dictamina que el planteo es insustancial por ser materia ya resuelta por la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Considero que resulta aplicable al caso la doctrina del Tribunal según la cual deviene insustancial el tratamiento del planteo propuesto si los agravios del recurrente remiten a cuestiones que han sido resueltas con fundamento en conocida jurisprudencia de la Corte (Fallos: 308:1260 y 312:2393)."

"...la cuestión traída a estudio ya ha sido resuelta por el Tribunal en el precedente de Fallos: 324:2153, en el que se pronunció sobre la validez constitucional de la medida de reclusión por tiempo indeterminado como accesoria de la última condena."

"...el recurrente no expone nuevos argumentos que autoricen a revisar el criterio jurisprudencial de referencia..."

Antecedentes: el juez de grado rechazó la inconstitucionalidad y condenó a cinco meses de prisión efectiva más reclusión por tiempo indeterminado (hurto en grado de tentativa, arts. 42, 52 inc. 2 y 162 CP). La Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el recurso, considerando la reclusión como medida de seguridad y no pena. El recurso extraordinario fue denegado.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • CParts. 42, 52, 162, 41

Fallos que cita

  • Garcia Federico Gonzalo Javier s/hurto en grado de tentativaCSJN · Fallos 324:2153
  • Fallos 308:1260CSJN
  • Fallos 312:2393CSJN

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