ASSISA, EDUARDO MARCELO Y OTROS c/ MISIONES, PROVINCIA DE Y OTRO s/ACCION DE AMPARO
La Corte Suprema declaró que la causa corresponde a su competencia originaria en un amparo promovido contra la Provincia de Misiones y otro. Requirió el informe circunstanciado de la ley 16.986 y rechazó la medida cautelar solicitada.
¿Quién es el actor?
Eduardo Marcelo Assisa.
¿A quién se demanda?
Provincia de Misiones y otro (el Estado Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de amparo.
¿Qué se resolvió?
declaró la competencia originaria de la Corte; requirió el informe circunstanciado del art. 8° de la ley 16.986 al Estado Nacional y a la Provincia de Misiones, con plazo de 10 días más 6 por distancia para la provincia; y rechazó la medida cautelar pedida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General en el dictamen que antecede, este juicio es de la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación." "Que la cuestión planteada en el sub judice resulta sustancialmente análoga a la resuelta por el Tribunal en la fecha en autos C.755.XXXVIII. 'Chiodi, Carlos Aníbal y otros c/ Salta, Provincia de y otro s/ acción de amparo', y a los fundamentos y conclusiones allí desarrollados corresponde remitirse en razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 16.986art. 8 · Amparo
- CPCCNart. 341 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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