DURAN JORGE OMAR s/P.S.A. DE QUEBRANTAMIENTO DE PENA TRELEW
El Superior Tribunal de Justicia del Chubut había concedido un recurso extraordinario federal contra la condena de Jorge Omar Durán por quebrantamiento de inhabilitación. La Corte Suprema declaró la nulidad de esa concesión, por carecer de fundamentos suficientes, y ordenó devolver la causa al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público / Estado (causa penal, según la carátula "Durán, Jorge Omar s/ p.s.a. de quebrantamiento de pena").
Demandado / Imputado: Jorge Omar Durán.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Condena a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por el delito de quebrantamiento de inhabilitación (art. 281 bis del Código Penal), confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la nulidad de la resolución que concedió el recurso extraordinario federal, con devolución de las actuaciones al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión sobre el punto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien incumbe exclusivamente a esta Corte juzgar sobre la existencia o no de dicho supuesto, ello no exime a los órganos judiciales llamados a dictar pronunciamientos de la naturaleza antes indicada, de resolver circunstanciadamente si la apelación federal - prima facie valorada-, cuenta respecto de cada uno de los agravios que la originan con fundamentos suficientes para dar sustento, a la luz de conocida doctrina de esta Corte, a la invocación de un caso de inequívoco carácter excepcional, como lo es el de arbitrariedad (Fallos: 215:199; 310:1014, entre otros)."
"[D]e ser seguida una orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese -en principio- habilitada o denegada sin razones que avalen uno u otro resultado, lo cual irroga un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia de la Corte."
"[L]a concesión del medio federal no aparece debidamente fundada, por lo que debe ser declarada su nulidad al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada (Fallos: 310:2122)."
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Normas que cita
- CPart. 281 bis
Fallos que cita
- Fallo sin carátula indicadaCSJN · Fallos 215:199
- Fallo sin carátula indicadaCSJN · Fallos 310:1014
- Fallo sin carátula indicadaCSJN · Fallos 310:2122
- Fallos 215:199CSJN
- Fallos 310:1014CSJN
- Fallos 310:2122CSJN
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