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Corte Suprema

BOSCOLO EDGARDO OMAR c/ ANSES s/S/AVOCACION

Un grupo de jubilados reclamó contra la ANSES por el reajuste de sus haberes previsionales, cuestionando la limitación de recursos, el plazo de cumplimiento de la sentencia y la tasa de interés aplicada. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios del organismo previsional y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a sus precedentes Perletto, Spitale y Torres Brizuela.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1953. XL. ROR
Reajuste previsional Haberes jubilatorios Limitacion de recursos Cumplimiento de sentencia Tasa de interes Anses Seguridad social Recurso ordinario Perletto Torres brizuela

¿Quién es el actor?

Edgardo Omar Boscolo y otros jubilados, listados en la causa acumulada (B.1953.XL, A.1206.XL, entre otros).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSES y confirmó las sentencias apeladas. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: "Los agravios referentes a la tasa de interés guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en la causa S.2767.XXXVIII 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', sentencia del 14 de setiembre de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2004
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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